Sentencia nº 003249-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente138-2009/CEB-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 3249-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 00138-2009/CE B-INDECOPI
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : KAREM PRAI
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0010-2010/CEB-INDECOPI del 21 de
enero de 2010, en el extremo que declaró barrera burocrática ilegal el
desconocimiento de la licencia de funcionamiento definitiva de la señora
Karem Prai. Transcurridos los doce meses establecidos por el artículo 38 de
la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa –
vigente en dicho entonces– la denunciante adquirió una licencia de
funcionamiento definitiva pues la Municipalidad Distrital de Miraflores no
detectó irregularidades en el desempeño del local comercial.
Lima, 16 de diciembre de 2010
I ANTECEDENTES
1. El 30 de octubre de 2009, la señora Karem Prai (en adelante, la señora Prai)
denunció ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en
adelante, la Comisión) a la Municipalidad Distrital de Miraflores (en adelante,
la Municipalidad) por la presunta imposición de una barrera burocrática ilegal
consistente en el desconocimiento de la licencia de funcionamiento definitiva
que le habría sido otorgada1.
2. La señora Prai señaló lo siguiente:
(i) El 30 de noviembre de 2006, la Municipalidad le otorgó una licencia de
funcionamiento provisional para el giro de restaurante, en mérito al
artículo 38 de la Ley 28015, Ley de Promoción y Formalización de la
Micro y Pequeña Empresa.
(ii) Transcurridos más de 12 meses, la Municipalidad omitió otorgarle la
licencia de funcionamiento definitiva en aplicación del artículo 39 de la
1 Por otra parte, cuestionó la exigencia de tr amitar una autorización municipal para instalar elementos de publicidad
exterior. Si n embargo, este extremo de su denuncia fue declarado infundado y n o ha sido apelado por la señora
Prai, por lo que en los siguient es párrafos no se abordará este tema.

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