Sentencia nº 000631-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente023-2008/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 0631-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 023-2008/CCO-SANCIONADOR
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : RUBEN DARÍO MARQUEZ BECERRA
DENUNCIADO : OBTINERE S.A.C.
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MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
IMPOSICIÓN DE SANCIÓN ADMINISTRATIVA
ACTIVIDAD : ACTIVIDAD DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL
SUMILLA: se confirma la Resolución 4283-2008/CCO-INDECOPI del 9 de junio
del 2008, emitida por la Comisión de Procedimientos Concursales, en el
extremo que sancionó a Obtinere S.A.C. por no haber cumplido con atender
oportunamente el requerimiento efectuado por la Comisión de
Procedimientos Concursales respecto de la entrega de la totalidad del
acervo documentario y bienes del deudor a Consultores y Liquidadores R &
P S.A.C. y por no haber cumplido con sus obligaciones como entidad
Liquidadora del patrimonio del señor Rubén Darío Márquez Becerra.
SANCIÓN: 13 UIT
Lima, 26 de marzo de 2009
ANTECEDENTES
1. Por aviso publicado el 11 de setiembre de 2006 en el diario oficial “El
Peruano” se dio a conocer la disolución y liquidación del patrimonio del señor
Rubén Darío Márquez Becerra (en adelante el señor Márquez).
2. Mediante Resolución 9275-2007/CCO-INDECOPI de fecha 3 de setiembre de
2007 se designó a Obtinere S.A.C. (en adelante Obtinere) como entidad
liquidadora del patrimonio del señor Márquez. Posteriormente, mediante
acuerdo de Junta de fecha 8 de enero de 2008, se acordó revocar a Obtinere
del cargo de entidad liquidadora del señor Márquez y designar a Consultores
y Liquidadores R & P S.A.C. (en adelante Consultores y Liquidadores), como
nueva entidad liquidadora y se aprobó y suscribió el convenio de liquidación
respectivo.
3. El 22 de enero del 2008, Consultores y Liquidadores, denunció a Obtinere
por el incumplimiento de sus obligaciones como entidad liquidadora de la
concursada.
4. En tal sentido, por Requerimiento 1203-2008/CCO-INDECOPI del 18 de
febrero del 2008, la Secretaría Técnica de la Comisión inició un
1
RUC 20513455411.

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