Sentencia nº 002724-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente033-2009/CCD-INDECOPI-CAJ
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia 1
RESOLUCIÓN 2724-2010/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 033-2009/C CD-INDECOPI-CAJ
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CAJAMARCA
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO DE OFICIO
DENUNCIADO : IMPORTACIONES CHANCAFE S.R.L.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 069-2010/INDECOPI-CAJ del 19 de
marzo de 2010, que declaró fundada la imputación de oficio en contra de
Importaciones Chancafe S.R.L. por la comisión de actos contrarios al
principio de legalidad publicitaria contenido en el artículo 17.3 literal f) del
Decreto Legislativo 1044 Ley de Represión de la Competencia Desleal, al
haber difundido tres (3) anuncios televisivos conteniendo promociones de
ventas sobre artefactos eléctricos, sin consignar la cantidad de unidades
disponibles ni la vigencia de las referidas promociones.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 069-2010/INDECOPI-CAJ en el
extremo que sancionó a Importaciones Chancafe S.R.L. con una multa
ascendente a 1,5 Unidades Impositivas Tributarias, teniendo en
consideración el grado de difusión y alcance de la publicidad infractora.
SANCIÓN: 1,5 UIT
Lima, 6 de octubre de 2010.
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 31 de agosto de 2009, la Secretaría Técnica de la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cajamarca (en adelante, la
Comisión) imputó a Importaciones Chancafe S.R.L. (en adelante,
Importaciones Chancafe) la comisión de presuntas infracciones al principio de
legalidad publicitaria, contenidos en el inciso f) del artículo 17.3 del Decreto
Legislativo 1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal1, por la
difusión de tres (3) anuncios televisivos en los cuales no cumplió con indicar
la cantidad mínima de unidades disponibles de los productos ofrecidos ni la
1 LEY DE REPRESIÓN DE LA COMPETE NCIA DESLEAL, Artículo 17.- Actos contra el pri ncipio de legalidad
(...)
17.3.- En particular, en publicidad c onstituyen actos contra el principio de legalidad los s iguientes:
(...)
f) Omitir, en cada uno de los anuncios que difundan publicidad de p romociones de ventas, la indicación clara de su
duración y la cantidad mínima de unid ades disponibles de productos ofrecidos;
(...)

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