Sentencia nº 000038-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Enero de 2010

Fecha de Resolución13 de Enero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente142-2008/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet enciaNº 1
RESOLUCIÓN 0038-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 142-2008/C CD
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA
COMPETENCIA DESLEAL
DENUNCIANTE : CORPORACIÓN GRÁFICA NAVARRETE S.A.
DENUNCIADA : DISTRIBUIDORA BOLIVARIANA S.A.
MATERIA : PROCESAL
ADHESIÓN A LA APELACIÓN
ACTIVIDAD : COMERCIALIZACIÓN DE ÁLBUMES Y CROMOS
SUMILLA: se declara procedente la adhesión a la apelación presentada por
Distribuidora Bolivariana S.A. a fin de impugnar el extremo que denegó su
pedido para que se sancione a Corporación Gráfica Navarrete S.A. por la
presentación de una supuesta denuncia maliciosa y que declaró
improcedente su pedido del pago de costas y costos a su favor. Asimismo,
se dispone que la Secretaría Técnica remita copia del escrito de adhesión a
Corporación Gráfica Navarrete S.A. para que conozca su contenido.
Lima, 13 de enero de 2010
ANTECEDENTES
1. El 14 de agosto de 2008, Corporación Gráfica Navarrete S.A. (en adelante,
Navarrete) denunció a Distribuidora Bolivariana S.A. (en adelante,
Bolivariana) ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en
adelante, la Comisión) por la presunta comisión de actos de competencia
desleal por infracción a la cláusula general prevista en el artículo 6 del
Decreto Legislativo 1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal, así
como en las modalidades de engaño, confusión y denigración, supuestos
contemplados en los artículos 8, 9 y 11 del referido cuerpo legal.
2. Por Resolución 1 del 15 de octubre de 2008, la Comisión imputó a Navarrete
una posible infracción por la presunta interposición de una denuncia
maliciosa en contra de Bolivariana.
3. Por Resolución 090-2009/CCD-INDECOPI del 24 de junio de 2008, la
Comisión declaró infundada la denuncia planteada por Navarrete contra
Bolivariana, denegando los pedidos accesorios formulados por la
denunciante. Asimismo, denegó el pedido de Bolivariana para que se
sancione a Navarrete por la presentación de una supuesta denuncia
maliciosa y declaró improcedente el pedido formulado por Bolivariana para
que se condene a Navarrete el pago de las costas y los costos incurridos en
el trámite del procedimiento.
4. El 15 de julio de 2009, Navarrete interpuso recurso de apelación contra la
Resolución 090-2009/CCD-INDECOPI en el extremo que declaró infundada
su denuncia contra Bolivariana por la presunta comisión de actos de
competencia desleal por infracción a la cláusula general prevista en el

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