Sentencia nº 000811-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 17 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente533-2003/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0811–2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 533-2003/CPC
PROCEDENCIA : COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR (LA
COMISION)
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES Y
USUARIOS – ASPEC (ASPEC)
DENUNCIADO : BANCO DE CRÉDITO DEL PERU (BANCO)
MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR
PROCESAL
CONCILIACION
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 17 de noviembre de 2004
ANTECEDENTES
El 1 de octubre de 2003, la Comisión emitió la Resolución Final
N° 916-2003/CPC mediante la cual declaró fundada la denuncia formulada por
Aspec contra el Banco por infracción a los artículos 8° y 9º de la Ley de
Protección al Consumidor. La Comisión consideró que había quedado
acreditado que la impresión en el papel térmico utilizado por el Banco para
consignar las transacciones efectuadas por los consumidores no era idónea,
toda vez que con el transcurso del tiempo la impresión se borraba, evitando que
el recibo sirviera de respaldo de las operaciones efectuadas por el consumidor.
En tal sentido, la Comisión sancionó al Banco con una amonestación y le
ordenó, como medida correctiva, que en un plazo de 90 días calendarios,
efectuase el cambio del sistema del Banco que utiliza papel térmico para la
emisión de comprobantes, por un sistema que utilice un papel que mantenga la
impresión en el tiempo. El 22 de octubre de 2003, el Banco de Crédito apeló
esta resolución.
Elevado el expediente a la Sala, se citó a las partes a una audiencia de
conciliación con el fin de encontrar una solución a la controversia materia del
procedimiento. En la audiencia de conciliación del 16 de noviembre de 2004, las
partes llegaron a los siguientes acuerdos:
(i) El Banco se comprometió a incluir en el reverso de los comprobantes de
pago, que por todo concepto se emita en papel térmico, la siguiente
información:
“Este comprobante es impreso en papel térmico, cuyo contenido puede
borrarse en caso no se conserve adecuadamente. De requerir mayor
información comuníquese con la banca por teléfono Vía BCP. 3119898”.

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