Sentencia nº 001591-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente744-2007/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1591-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 744-2007/CPC
(EXPEDIENTE 279-2010-IM C/CPC)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 1
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : OLGA AURORA MELGAR PEREIRA
DENUNCIADO : VÍCTOR RAÚL ESPEJO ORMEÑO
MATERIA : INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGIENERIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado, en el extremo que
declaró fundada la denuncia presentada por la señora Olga Aurora Melgar
Pereira contra el señor Víctor Raúl Espejo Ormeño por incumplimiento de las
medidas correctivas ordenadas mediante Resolución 1257-2008/TDC-
INDECOPI, por lo que, se ordena que cumpla con las referidas medidas
correctivas, bajo apercibimiento de duplicar la multa impuesta
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 28 de mayo de 2012
ANTECEDENTES
1. El 2 de abril de 2007, la señora Olga Aurora Melgar Pereira (en adelante, la
señora Melgar) denunció al señor Víctor Raúl Espejo Ormeño1 (en adelante,
el señor Espejo) por infringir el artículo 8º del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor. La denunciante señaló que contrató los servicios
profesionales del señor Espejo para la construcción de su vivienda, sin
embargo, el denunciado no habría cumplido con brindar un servicio idóneo.
2. Mediante Resolución 1782-2007/CPC del 19 de setiembre de 2007, la
Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur (en adelante, la
Comisión) declaró fundada la denuncia contra el señor Espejo por infracción
del artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor, en los extremos
referidos al incumplimiento de la entrega de la obra en el plazo establecido,
la imposición de las multas por parte de la Municipalidad Distritral de
Miraflores, los daños en la pared medianera sufridos a causa de la obra del
señor Espejo, no realizar la obra materia de denuncia de acuerdo a los
planos aprobados y, las fallas estructurales en la obra, sancionándola con 1
UIT. Asimismo, le ordenó como medidas correctivas que, en un plazo no
mayor de 5 días hábiles de notificada la resolución, cumpla con:
1 RUC: 10078232183. Domicilio fiscal: Pasaje Víct or Larco Herrera 220, Miraflores.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR