Sentencia nº 003629-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente18-2011/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L ACOMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 3629-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 18-2011/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO DE PARTE
DENUNCIANTE : REPRESENTACIONES KASSEL PERÚ E.I.R.L.
DENUNCIADA : HANSA TRANSPORTS S.A.C.
MATERIA : IMPROCEDENCIA
NOCIÓN DE CONSUMIDOR
ACTIVIDAD : OTROS ACTIVIDADES DE TRANSPORTES
SUMILLA: Se confirma, modificando sus fundamentos, la resolución venida
en grado que declaró improcedente la denuncia presentada, toda vez que la
denunciante no califica como consumidor en los términos del Código de
Protección y Defensa del Consumidor.
Lima, 26 de diciembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 6 de enero de 2011, Representaciones Kassel Perú E.I.R.L. (en adelante,
Representaciones Kassel) denunció a Hansa Transports S.A.C. 1 (en adelante,
Hansa Transports) ante la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima
Sur (en adelante, la Comisión) por infracciones a las normas de protección al
consumidor. La denunciante señaló que contrató con Hansa Transports el
servicio de transporte de mercadería desde China hacia Perú, para lo cual
efectuó un depósito a la cuenta de la denunciada por la suma de US$ 2 350,00,
sin embargo dicho servicio no fue realizado.
2. Mediante Resolución 1036-2011/CPC del 11 de mayo de 2011, la Comisión
declaró improcedente la denuncia presentada por Representaciones Kassel al
no ostentar la calidad de consumidor protegido en los términos del Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor, por no tener la condición de
microempresaria. La Comisión analizó la declaración anual del impuesto a la
renta del año 2009 de la denunciante, según la cual en dicho año obtuvo por
ventas la suma de S/. 609 686,002, monto superior a las 150 UIT que es el
máximo admisible para calificar a una empresa como microempresaria.
3. El 26 de mayo de 2011, Representaciones Kassel apeló la Resolución 1036-
2011/CPC alegando que al haberse producido los hechos materia de denuncia
en el año 2010, la Comisión debió haber considerado las rentas que registró en
dicho año y no en el 2009 a fin de evaluar la procedencia de su denuncia.
1 RUC: 20338644931. Domicilio: Avenida Canaval y Moreyra 340,, San Isidro, Lim a.
2 Ver foja 235 del expediente.

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