Sentencia nº 001823-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1616-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 1823-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1616-2008/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : EDUARDO FLORES CCARITA
DENUNCIADO : PROMOTORA DE TURISMO NUEVO MUNDO S.A.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
PROCESAL
SUSPENSIÓN DE EFECTOS DE ACTO
ADMINISTRATIVO
ACTIVIDAD : AGENCIA DE VIAJES Y GUÍAS TURÍSTICAS
SUMILLA: Se deniega la solicitud de suspensión de los efectos de la
Resolución 1110-2009/SC2 del 30 de junio de 2009, emitida por la Sala de
Defensa de la Competencia 2.
Lima, 19 de octubre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 26 de junio de 2008, el señor Eduardo Flores Ccarita (en adelante, el
señor Flores) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor (en
adelante, la Comisión) a Promotora de Turismo Nuevo Mundo S.A. (en
adelante, Nuevo Mundo) por infracción del Decreto Legislativo 716 – Ley de
Protección al Consumidor, en tanto no se le informó que requería contar con
Visa Schegen para realizar escalas en la Comunidad Europea.
2. Mediante Resolución 2480-2008/CPC de fecha 28 de noviembre de 2008, la
Comisión declaró fundada la denuncia del señor Flores en contra de Nuevo
Mundo por infracción del Decreto Legislativo 716, sancionando a dicho
proveedor con una multa de 3 UIT y ordenándole como medida correctiva
que reembolse al consumidor la suma de US $ 1 349,91.
3. Posteriormente, mediante Resolución 1110-2009/SC2 del 30 de junio de
2009, la Sala de Defensa de la Competencia 2 confirmó la resolución de
primera instancia en el extremo que halló responsable a Nuevo Mundo por
infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716. Asimismo, confirmó la
multa impuesta y la medida correctiva ordenada.
4. El 14 de julio de 2009, Nuevo Mundo informó a esta Sala que durante el
trámite del proceso contencioso administrativo iniciado contra la Resolución
1110-2009/SC2, había solicitado como medida cautelar imnovativa que se
suspendan los efectos de dicho acto administrativo. Por tal motivo, requirió la
suspensión de cualquier acto de ejecución de lo resuelto por la autoridad
administrativa.

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