Sentencia nº 000826-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 26 de Abril de 2007

Fecha de Resolución26 de Abril de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente269075-2006/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0826-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 269075-2006
1-9
SOLICITANTE : J.F. S.A.C. (antes J.F. Portugal Hijos S.A.)
Renovación de registro de nombre comercial – Pruebas de uso del
nombre comercial: No acreditan - Acto modificatorio de registro caduco:
No corresponde.
Lima, veintiséis de abril del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 7 de febrero del 2006, J.F. S.A.C. (Perú) solicitó la renovación del
registro del nombre comercial BOTICA DEL PUEBLO y logotipo, registrado en
la clase 5 de la Nomenclatura Oficial, bajo certificado N° 1460, vigente hasta el
12 de enero del 2006.
Mediante proveído de fecha 24 de febrero del 2006, la Oficina de Signos
Distintivos señaló que de la revisión de los documentos que obran en el
expediente, se advierte que J.F. Portugal Hijos S.A. cambió de nombre a J.F.
S.A.C., por lo que a fin de continuar con el trámite del expediente, resulta
necesario se adjunte el pago correspondiente a un acto modificatorio.
Asimismo, requirió se cumpla con: (i) acreditar el uso actual del nombre
comercial cuya renovación se solicita conforme fue registrado; y (ii) presentar
declaración jurada señalando la fecha de su primer uso.
Con fecha 10 de marzo del 2006, J.F. S.A.C. cumplió con adjuntar la tasa
correspondiente al acto modificatorio por cambio de nombre de titular.
Posteriormente, a efectos de cumplir con los otros requerimientos de la Oficina
de Signos Distintivos adjuntó los siguientes documentos:
- Tres fotografías de locales, cuyas fachadas muestran la denominación
BOTICA DEL PUEBLO y un logotipo.
- Copias legalizadas de las facturas Nº 087-15592 y Nº 087-15107 de
fechas 24 de marzo del 2006 y 23 de febrero del 2006, respectivamente,
en la que se aprecia el signo BOTICA DEL PUEBLO CENTENARIA y un
logotipo.
- Una declaración jurada, a través de la cual su representante manifiesta
haber usado por primera vez el nombre comercial en cuestión el 1 de
junio de 1864.
Mediante proveído de fecha 26 de abril del 2006, la Oficina de Signos
Distintivos reiteró a la solicitante cumpla con acreditar el uso actual del nombre
comercial, cuya renovación solicita conforme fue registrado y respecto de las
actividades que distingue.

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