Sentencia nº 002263-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente152-2009/CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competencia N° 2
RESOLUCIÓN 2263-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 152-2009/CPC-INDE COPI-LAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTES : CONSUELO VELÁSQUEZ CHAPOÑAN
TOMÁS SANTAMARÍA VALDERA
DENUNCIADO : TCI S.A.C.
MATERIAS : TEMAS PROCESALES
IMPROCEDENCIA
CONSUMIDOR FINAL
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN EDIFICIOS COMPLETOS
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado que declaró
improcedente la denuncia contra TCI S.A.C., al haberse acreditado que los
denunciantes no ostentan la calidad de consumidores finales.
Lima, 7 de octubre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 4 de junio de 2009, la señora Consuelo Velásquez Chapoñan y el señor
Tomás Santamaría Valdera (en adelante, los denunciantes) denunciaron a
TCI S.A.C. (en adelante, TCI)1 ante la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Lambayeque (en adelante, la Comisión) por infracción al artículo
8º del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2.
2. En su denuncia señalaron que el 22 de setiembre del 2008 celebraron con la
denunciada un contrato de promesa de compra venta del stand comercial 01
del Block F del primer nivel del edificio “Centro Comercial Boulevard
Chiclayo” por la suma de S/. 100 000,00, cancelados a la fecha de
interposición de la denuncia. Sin embargo, TCI ofreció una serie de
características del proyecto inmobiliario que no cumplió, tales como patio de
comidas, escaleras mecánicas, ascensores, un hotel, restaurantes, etc., con
la participación de inversionistas trujillanos, por lo que el inmueble no resulta
idóneo para el uso para el cual fue adquirido.
3. En sus descargos, TCI señaló que:
(i) El inmueble se había edificado y concluido conforme al proyecto
aprobado por las autoridades competentes, tal como consta en el
Certificado de Conformidad de Obra;
1 RUC 20481139075 y d omicilio fiscal en Av. Mariscal Ni eto 480 de la ciudad de Chiclayo, conforme lo declarado ante
la Sunat (www.sunat.gob.pe).
2 Texto Único Ordenado de la Ley de Protección al Consum idor aprobado por Decreto Supremo 006-2009-P CM.

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