Sentencia nº 000998-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Abril de 2012

Fecha de Resolución23 de Abril de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-1776/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0998-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2005-01-1776/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
EN LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : CESAR JUSTINIANO DIAZ MIREZ
CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE S.A.C.
IMPUGNANTE : CESAR JUSTINIANO DIAZ MIREZ
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: considerando por mayoría que Consorcio Líder Azucarero del
Norte S.A.C. tiene legitimidad para intervenir en el presente procedimiento,
en mérito al contrato de cesión de derechos celebrado con el señor César
Justiniano Díaz Mirez, se declara, por mayoría, IMPROCEDENTE el recurso de
apelación interpuesto por dicho trabajador contra la Resolución 3060-
2008/INDECOPI-LAM del 28 de agosto de 2008, debido a que el trabajador no
tiene legitimidad para intervenir en el presente procedimiento, puesto que, en
mérito al contrato antes mencionado, el trabajador transfirió la titularidad de
los créditos adeudados frente a Agro Pucalá S.A.A. a favor del Clan.
En consecuencia, se declara la NULIDAD de la Resolución 0617-
2011/INDECOPI-LAM del 25 de marzo de 2011, que concedió el recurso de
apelación interpuesto por el señor César Justiniano Díaz Mirez contra la
Resolución 3060-2008/INDECOPI-LAM.
Lima, 23 de abril de 2012
ANTECEDENTES
1. El 6 de abril de 2005, el señor César Justiniano Díaz Mirez (en adelante, el
trabajador) solicitó ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Lambayeque (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos
laborales frente a Agro Pucalá S.A.A. (en adelante, Agro Pucalá)1 ascendentes
a S/. 33 560,55 por concepto de capital y S/. 7 736,412 por concepto de
intereses.
1 Mediante Resolución 0024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 de febrero de 2005, la Comisión declaró la situación de
concurso de Agro Pucalá S.A.A . Dicha situación se publicó en el Diario Oficial “El P eruano” el 21 de febrero de 2005.
2 El trabajador solicitó el reconocimiento de sus créditos de origen labor al conforme al siguiente detalle:
Concepto y periodo Capital Pagos a
cuenta Intereses
Deuda laboral 1996 – 2005 S/. 38 393,08 S/. 8 856,00 S/. 6 455,59
Compensación por tiempo de ser vicio al
20/02/2005 S/. 9 253,72 S/.5 230,25 S /. 1 280,82

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