Sentencia nº 000574-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 2 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente021-2002/CRP-ODI-CCPL-04-04
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN N° 0574-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 021-2002/CRP-ODI-CCPL-04-04
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISION DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES DEL INDECOPI (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES UNIÓN VIDA (UNIÓN VIDA)
DEUDOR : MANUFACTURERA DE PAPELES Y CARTONES
DEL PERÚ S.A. (MPC)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
REDUCCIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE ENVASES DE PAPEL Y
CARTÓN
Lima, 2 de mayo de 2006
ANTECEDENTES
Por Resolución N° 2679-2004/CDCO-ODI-UDP del 14 de setiembre de 2004,
la Comisión reconoció créditos a favor de Unión Vida frente a MPC
1
ascendentes a S/. 8 958,98 por capital, correspondiendo el primer orden de
preferencia a los créditos hasta la suma de S/. 7 129,50 por capital y el saldo
al quinto orden.
El 28 de junio de 2005, MPC solicitó la reducción de créditos reconocidos a
favor de Unión Vida mediante Resolución N° 2679-2004/CDCO-ODI-UDP,
en un monto ascendente a US$ 2 060,68
2
, adjuntando para ello copia de una
constancia de recepción de cheque suscrito por el representante de la
referida entidad previsional.
El 1 de junio de 2005, Unión Vida manifestó su conformidad con los
depósitos efectuados por MPC; sin embargo, señaló que no debía
considerarse el monto ascendente a US$ 6,66 por tratarse de intereses
devengados con posterioridad a la declaración de insolvencia de MPC. En
tal sentido, indicó que sólo correspondía la reducción de US$ 2 054,02 por
capital, monto que equivale a S/. 6 694,05 por capital, según el tipo de
cambio vigente a la fecha de pago (esto es S/. 3,259).
Mediante Resolución N° 17413-2005/CCO-INDECOPI del 14 de noviembre
de 2005, la Comisión redujo de la masa concursal los créditos reconocidos a
1
Por Resolución N° 1039-2002/CRP-ODI-CCL del 30 de mayo del 2002, se declaró la insolvencia de MPC.
Posteriormente, el 10 de junio de 2002, mediante aviso publicado en el diario oficial "El Peruano" se dio a
conocer la situación de insolvencia de MPC.
2
Dicho monto se desagrega de la siguiente manera: US$ 2 054,02 por capital y US$ 6,66 por intereses.

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