Sentencia nº 002006-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 3 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente179-2010/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N°2
RESOLUCIÓN 2006-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 179-2010/CPC-INDE COPI-AQP
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : YESENIA NAIHUALY ROMERO LAZO
DENUNCIADO : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. -
INTERBANK
MATERIA : TEMAS PROCESALES
DESISTIMIENTO
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se declara concluido el presente procedimiento en mérito al
desistimiento de la pretensión formulado por la denunciante y a que no se
aprecia una afectación al interés general ni a derecho de terceros.
Lima, 3 de agosto de 2011
ANTECEDENTES
1. El 24 de agosto de 2010, la señora Yesenia Naihualy Romero Lazo (en
adelante, la señora Romero) denunció a Banco Internacional del Perú S.A.A.-
Interbank1 (en adelante, Interbank) ante la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Arequipa (en adelante, la Comisión) por infracción del Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2, debido a las siguientes
consideraciones:
(i) En abril de 2010, celebró un contrato de crédito hipotecario Mi Vivienda
con el denunciado por la suma de S/. 98 826,54 a ser cancelado en 132
cuotas de S/. 987,79;
(ii) el 3 de mayo de 2010, canceló por adelantado la suma de S/. 15 297,65
y solicitó que dicho monto sea aplicado a fin de reducir el plazo del
crédito en no menos de 10 años; y,
(iii) el denunciado no cumplió con sus instrucciones, pese a que le infor
que el total del monto abonado se aplicaría al capital del crédito y de
manera unilateral destinó S/. 14 045,56 al capital del crédito hipotecario
y S/. 1 866,93 al fondo de Cofide, lo que no se encontraba estipulado en
el contrato suscrito, e incluso, la suma de ambos montos no coincidía
con lo abonado, existiendo una diferencia de S/. 954,34 que no fue
explicada.
1 RUC: 20100053455. Domic ilio: Av. Carlos Villarán 140, distrito de La Victoria.
2 Cuyo texto y sus m odificatorias hasta el 30 de enero d e 2009 se encu entran comprendidos en el Decreto Supremo
006-2009-PCM, Texto Único Ordenad o de la Ley del Sistema de Protección al Consumid or.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR