Sentencia nº 000633-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 18 de Octubre de 2004

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente0937-2001/011/CRP-ODI-CAMARA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0633-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 0937-2001-011/CRP-ODI-CÁMARA
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA ESCUELA DE
ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS PARA
GRADUADOS (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES UNIÓN VIDA (AFP UNIÓN VIDA)
DEUDOR : ROSS - FINLAY (PERÚ) S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
(ROSS - FINLAY)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
REMUNERACIÓN MÁXIMA ASEGURABLE
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS Y DE
PARTES DE EDIFICIOS; OBRAS DE INGENIERÍA
CIVIL
Lima, 18 de octubre de 2004
I ANTECEDENTES:
Mediante Resolución N° 2803-2004/CCO-ODI-ESN del 22 de julio de 2004, la
Comisión declaró infundada la solicitud de reconocimiento de créditos
presentada por AFP Unión Vida en el extremo que invocó créditos ascendentes
a S/. 769,21 por capital y S/. 30,13 por intereses frente a Ross - Finlay,
derivados de aportes previsionales impagos correspondientes a trabajadores de
la insolvente, toda vez que, la cuantía de dichos créditos se calculó sobre la
base de la remuneración máxima asegurable de los referidos trabajadores.
Asimismo, declaró fundada la referida solicitud en el extremo que solicitó el
reconocimiento de nuevos créditos ascendentes a S/. 50 345,68 por capital y
S/. 8 813,26 por intereses, por cuanto los mismos se encontraban sustentados
en Liquidaciones para Cobranza calculadas sobre la base de la remuneración
real percibida por los trabajadores de la insolvente.
El 12 de agosto de 2004, AFP Unión Vida interpuso recurso de apelación contra
la Resolución N° 1656-2004/CCO-ODI-ESN argumentando que las
Liquidaciones para Cobranza presentadas en el procedimiento tienen el
carácter de títulos ejecutivos, por lo que deben ser reconocidas por el sólo
mérito de su presentación.
El 13 de agosto de 2004, Ordenamiento y Desarrollo Empresarial (en adelante.
Ordem), entidad liquidadora de Ross - Finlay, interpuso recurso de apelación
contra la Resolución N° 1656-2004/CCO-ODI-ESN señalando que la Comisión
no debió reconocer créditos a favor de AFP Unión Vida ascendentes a
S/. 50 345,68 por capital y S/. 8 813,26 por intereses, toda vez que dichos
créditos se generaron con posterioridad a la declaración de la disolución y
liquidación de Ross - Finlay, es decir cuando la insolvente no podía continuar

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