Sentencia nº 001901-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Julio de 2011

Fecha de Resolución22 de Julio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente132-2011/PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1901-2011/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 132-2011/PS3
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Nº 3
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIADOS : CORPORACIÓN M&F S.A.C.
FINANCIERA TFC S.A.
DENUNCIANTES : JULIA MARGARITA OTINIANO GONZALES
NARCISO NELSON SAMAMÉ FERNANDEZ
MATERIA : CONTIENDA NEGATIVA DE COMPETENCIA
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES
OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: se declara competente por razón de territorio para conocer la
denuncia de los señores Julia Margarita Otiniano Gonzales y Narciso Nelson
Samamé Fernandez contra a Corporación M&F S.A.C. y Financiera TFC S.A.,
al Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Oficina Regional
del Indecopi de Lambayeque, tomando en cuenta que el lugar donde se
contrató el servicio de financiamiento y se ubica el inmueble materia de
denuncia es la ciudad de Chiclayo, siendo que uno de los co denunciados
cuenta con una oficina administrativa en dicha jurisdicción.
Lima, 22 de julio de 2011
I ANTECEDENTES
1. El 28 de diciembre de 2010, los señores Narciso Nelson Samamé
Fernandez y Julia Margarita Otiniano Gonzales (en adelante, los
denunciantes) denunciaron ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en
adelante el ORPS de Lambayeque) a Corporación M&F S.A.C. (en
adelante, M&F) y a Financiera TFC S.A. (en adelante, TFC) por
infracciones a las normas de protección al consumidor en la venta y
financiamiento de un inmueble. Los denunciantes indicaron como domicilio
común de ambos proveedores la Calle Elías Aguirre 140 en la ciudad de
Chiclayo.
2. En su denuncia señalaron que en junio de 2010 acudieron a la caseta de
ventas del proyecto inmobiliario “La Encantada de Chosica” administrada
por M&F informándoseles que era posible adquirir departamentos
financiados por TFC. En dicho contexto cancelaron el 10% del valor de
uno de los departamentos (como cuota inicial) y presentaron toda la
documentación requerida para calificar al crédito ofrecido firmando el
contrato correspondiente con M&F, pues TFC les informó que firmaría el
contrato en la ciudad de Lima, cursándoles el cronograma de pagos por

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