Sentencia nº 001913-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Julio de 2011

Fecha de Resolución22 de Julio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente33-2010/CPC-INDECOPI-JUN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1913-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 033-2010/CPC-I NDECOPI-JUN
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE JUNÍN
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ENRIQUE VIDAL PALACIOS SCHROTTER
DENUNCIADOS : SERVICIOS, COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C.
SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
TEMAS PROCESALES
NULIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado en el extremo que declaró
fundada la denuncia contra Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C. por
efectuar el cobro de una deuda ya cancelada y, reformándola, se la declara
infundada, toda vez que el denunciante no ha acreditado el pago de la
misma.
Asimismo, se declara la nulidad parcial de la Resolución 1 en el extremo que
tipificó la falta de atención de la comunicación del denunciante como
infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716, debido a que la
tipificación no era acorde con las consideraciones de la denuncia y, de la
resolución venida en grado que declaró fundada la denuncia en dicho
extremo por infracción de los artículos 5º literal b) y 15º del Decreto
Legislativo 716 y 13º del Decreto legislativo 1045, toda vez que se pronunció
sobre una tipificación distinta.
Lima, 22 de julio de 2011
ANTECEDENTES
1. El 28 de abril de 2010, el señor Enrique Vidal Palacios Schrotter (en
adelante, el señor Palacios) denunció a Servicios, Cobranzas e Inversiones
S.A.C.1 (en adelante, SCI) y Scotiabank Perú S.A.A.2 (en adelante, el Banco)3
ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Junín (en adelante la
Comisión) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
1 RUC: 20462527137. Domicil io: Jirón Puno 181, esquina c on Carabaya, distrito de Cerc ado de Lima, Provincia y
Departamento de Lima.
2 RUC 20100043140. Domicilio: Calle Mayor Armando B londet 135, Urb. Santa Ana, d istrito de San Isidro, Provincia y
Departamento de Lima.
3 Cabe indicar que si bien el señor Palacios denunc ió sólo a SCI, mediante Resoluci ón 5 del 31 de agosto de 2010, la
Secretaría Técnica de la Comisión i ncorporó de oficio al Banco.

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