Sentencia nº 001902-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Julio de 2011

Fecha de Resolución22 de Julio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente402-201 /PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1902-2011/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 402-2011/PS3
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Nº 3
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : MARCO ANTONIO CHISTAMA VARGAS
DENUNCIADOS : ATLANTIS INTERNATIONAL COMPANY S.A.C.
MATERIA : CONTIENDA NEGATIVA DE COMPETENCIA
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA POR MENOR
SUMILLA: se declara competente por razón de territorio para conocer la
denuncia del señor Marco Antonio Chistama Vargas contra Atlantis
Internacional Company S.A.C., al Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de la Oficina Regional del Indecopi de Loreto, debido a que el
referido proveedor cuenta con una oficina en la jurisdicción de dicho órgano
resolutivo que corresponde a la jurisdicción del lugar donde se contrató y
debía ejecutarse el servicio materia de denuncia.
Lima, 22 de julio de 2011
I. ANTECEDENTES
1. El 23 de febrero de 2011, el señor Marco Antonio Chistama Vargas (en
adelante, el señor Chistama) denunció ante el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de la Oficina Regional del Indecopi de Loreto
(en adelante el ORPS de Loreto) a Atlantis Internacional Company S.A.C.
por infracciones a las normas de protección al consumidor en la prestación
de servicio de educación a distancia de un curso de inglés.
2. El señor Chistama señaló que el 15 de julio de 2010, contando con la
autorización de su centro de labores ubicado en la ciudad de Iquitos,
representantes de la denunciada ofrecieron un curso de inglés a distancia
con asesoramiento virtual a través de la página web www.esivi.com,
servicio que contrató en dicha oportunidad, autorizando el pago de
S/. 90,00 mensuales a Atlantis a través de un descuento por planilla. El
señor Chistama denunció que a la fecha de la denuncia Atlantis no había
cumplido con brindarle el servicio contratado, pese a que mensualmente
se debitaban los importes pactados de sus haberes. Asimismo, señaló el
reclamo respectivo a Atlantis quien desestimó la suspensión de dichos
descuentos aduciendo que era el contrato suscrito era válido y de acuerdo
a sus sistemas no se advertía algún problema de acceso con las claves
otorgadas al momento de la contratación.
3. Mediante Resolución 1 del 28 de febrero de 2011, el ORPS de Loreto
declinó competencia a favor del Órgano Resolutivo de Procedimientos

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