Sentencia nº 001399-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 30 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente089-2012/CPC-INDECOPI-ANC
TRIBUNAL DE DEFENS A DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 1399-2013/SP C-INDECOPI
EXPEDIENTE 0089-2012/CPC-I NDECOPI-ANC
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : DISTRIBUIDORA DE FERTILIZANTES “SILVA” E.I.R.L.
MATERIAS : DEBER DE INFORMACIÓN
LIBRO DE RECLAMACIONES
ACTIVIDAD : VENTA DE MATERIAS PRIMAS AGROPECUARIAS
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que halló
responsable Distribuidora de Fertilizantes “Silva” E.I.R.L., por infracción de los
artículos 15y 151º del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al
haber quedado acreditado que la denunciada no contaba con libro de
reclamaciones ni exhibía el aviso que indicara la existencia del mismo en su
establecimiento comercial.
SANCIÓN: Amonestación
Lima, 30 de mayo de 2013
ANTECEDENTES
1. El 18 de noviembre de 2011, la Oficina Regional del Indecopi de Ancash – Sede
Huaraz (en adelante, ORI Ancash) realizó una diligencia de inspección en el
establecimiento comercial de Distribuidora de Fertilizantes “Silva” E.I.R.L.1 (en
adelante, Distribuidora “Silva”), en la que se verificaron las siguientes conductas:
(i) No contaba con el libro de reclamaciones; y,
(ii) no exhibía el aviso que indicara la existencia de libro de reclamaciones en
su establecimiento comercial.
2. Ante ello, mediante Resolución 1 del 30 de marzo de 2012, la ORI Ancash inició
un procedimiento de oficio contra Distribuidora “Silva” por presunta infracción de
Consumidor2 (en adelante, el Código), por no contar con el libro de
reclamaciones, ni exhibir el aviso que indicara la existencia del mismo en su
establecimiento comercial, respectivamente. Asimismo, en dicha resolución se
señaló que la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad (en
adelante, la Comisión) era competente para emitir un pronunciamiento respecto
de dicho procedimiento.
1 RUC: 20229676491. Ubicado en Av. Raim ondi Nº 348 – Huaraz.
2 Publicado el 2 de setiembre de 2010 en el diar io oficial El Peruano. Entró en vigencia a los 30 dí as calendario.

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