Sentencia nº 000979-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente291-2008/CCO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0979-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0291-2008/CCO-I NDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : AG SERVICIOS E.I.R.L. EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSION DE PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE IMPRESION
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 6401-2010/CCO-INDECOPI del 6 de
setiembre de 2010, en el extremo que declaró la conclusión del
procedimiento concursal ordinario de AG Servicios E.I.R.L. en Liquidación,
de conformidad con lo establecido en el artículo 97.4 de la Ley General del
Sistema Concursal.
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la
Resolución 6401-2010/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente
resolución la Sala ha emitido pronunciamiento definitivo respecto de la
apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 9 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 19 de enero de 2009, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Sur (en adelante, la Comisión) publicó la disolución y liquidación de AG
Servicios E.I.R.L. en Liquidación (en adelante, AG Servicios) en el diario
oficial “El Peruano”.
2. El 29 de mayo de 2009, la Comisión convocó a la instalación de Junta de
Acreedores de AG Servicios a realizarse el 19 de junio de 2009, a fin de que
esta adopte las decisiones a que se refiere el artículo 50.6 de la Ley General
del Sistema Concursal. Sin embargo, en la fecha programada la Junta de
Acreedores no se instaló por inasistencia de los acreedores.
3. En atención a ello, por Resolución 12150-2009/CCO-INDECOPI del 23 de
noviembre de 2009, la Comisión designó de oficio a Soluciones Concursales
& Empresariales S.A.C. (en adelante, Soluciones Concursales) como entidad
liquidadora de AG Servicios y le requirió que presente una Carta Fianza a
favor del Indecopi por un importe no menor a S/. 16 330,00 dentro de los
treinta (30) días hábiles siguientes de notificada la referida resolución. Sin

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