Sentencia nº 000981-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente207-2008/CCO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0981-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0207-2008/CCO-I NDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : INDUSTRIA METAL MECÁNICA PARA LOS ALIMENTOS
S.A. EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSION DE PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : VENTA MAYORISTA DE MAQUINARIA, EQUIPO Y
MATERIALES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 6323-2010/CCO-INDECOPI del 1 de
setiembre de 2010, en el extremo que declaró la conclusión del
procedimiento concursal ordinario de Industria Metal Mecánica para los
Alimentos S.A. en Liquidación y dispuso la remisión de los actuados al
Décimo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima a fin que se
declare la quiebra de la empresa deudora, de conformidad con lo establecido
Lima, 9 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 25 de agosto de 2008, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Sur (en adelante, la Comisión) publicó la disolución y liquidación de Industria
Metal Mecánica para los Alimentos S.A. en Liquidación (en adelante,
Industria Metal Mecánica) en el diario oficial “El Peruano”, en cumplimiento de
lo ordenado por el Décimo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima,
de conformidad con el articulo 703 del Código Procesal Civil.
2. El 16 de febrero de 2009, la Comisión convocó a la instalación de Junta de
Acreedores de Industria Metal Mecánica a realizarse el 25 de marzo de 2009,
a fin de que esta adopte las decisiones a que se refiere el artículo 50.6 de la
Ley General del Sistema Concursal. Sin embargo, en la fecha programada la
Junta de Acreedores no se instaló por inasistencia de los acreedores1.
3. Por Resolución 10864-2009/CCO-INDECOPI del 22 de octubre de 2009, la
Comisión designó de oficio a Soluciones Concursales & Empresariales S.A.C.
(en adelante, Soluciones Concursales) como entidad liquidadora de Industria
Metal Mecánica y le requirió que presente una Carta Fianza a favor del
Indecopi por un importe no menor a S/. 14 200,00 dentro de los treinta (30)
1 En atención a ello, por Resolución 6391-2009/CCO-INDECOPI del 1 de julio de 2009, la Comisión designó a
Derechos Concursal es y Recuperaci ones S.A.C. como entidad liqui dadora de Industria Metal Mec ánica. No
obstante, el 3 de julio de 2009 dich a entidad liquidadora se desistió de asumir la conducc ión del procedimiento.

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