Sentencia nº 000980-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente186-2008/CCO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 0980-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0186-2008/ CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES LIMA
SUR
DEUDOR : DISTRIBUIDORA SERVICIO Y CALIDAD S.R.L. EN
LIQUIDACIÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSION DE PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : VENTA MAYORISTA DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 6398-2010/CCO-INDECOPI del 6 de
setiembre de 2010, en el extremo que declaró la conclusión del procedimiento
concursal ordinario de Distribuidora Servicio y Calidad S.R.L. en Liquidación
y dispuso la remisión de los actuados al Segundo Juzgado Civil
Subespecialidad Comercial de Lima a fin que se declare la quiebra de la
empresa deudora, de conformidad con lo establecido en el artículo 97.4 de la
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la Resolución
6398-2010/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente resolución la
Sala ha emitido pronunciamiento definitivo respecto de la apelación
interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 9 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 25 de agosto de 2008, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Sur (en adelante, la Comisión) publicó la disolución y liquidación de
Distribuidora Servicio y Calidad S.R.L. en Liquidación (en adelante, Disercal)
en el diario oficial “El Peruano”, en cumplimiento de lo ordenado por el
Segundo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima, de conformidad
2. El 23 de mayo de 2009, la Comisión convocó a la instalación de Junta de
Acreedores de Disercal a realizarse el 17 de junio de 2009, a fin de que esta
adopte las decisiones a que se refiere el artículo 50.6 de la Ley General del
Sistema Concursal. Sin embargo, en la fecha programada la Junta de
Acreedores no se instaló por decisión de los acreedores asistentes.
3. En atención a ello, por Resolución 12146-2009/CCO-INDECOPI del 23 de
noviembre de 2009, la Comisión designó de oficio a Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. (en adelante, Soluciones Concursales) como entidad
liquidadora de Disercal y le requirió que presente una Carta Fianza a favor del
Indecopi por un importe no menor a S/. 16 330,00 dentro de los treinta (30)

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