Sentencia nº 001113-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente159-2010/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 1113-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 159-2010/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : TOM SEAFOOD S.AC. EN LIQUIDACIÓN
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 9154-2011/CCO-INDECOPI del 12 de
diciembre de 2011, que de sin efecto la designación de Soluciones
Concursales & Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de Tom Sea
Food S.A.C. en Liquidación, por no haber constituido una carta fianza a favor
del Indecopi dentro del plazo otorgado para tal efecto y, en consecuencia,
declaró la conclusión del procedimiento concursal ordinario de dicho
deudor, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley General del
Sistema Concursal; y dispuso la remisión de los actuados al Décimo
Segundo Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima a fin de que
declare la quiebra de la empresa deudora al haberse iniciado el concurso de
conformidad con lo establecido en el artículo 692-A del Código Procesal
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la
Resolución 9154-2011/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente
resolución la Sala está emitiendo pronunciamiento definitivo respecto de la
apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 14 de mayo de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 8 del 8 de marzo de 2010, el Décimo Segundo Juzgado Civil
Subespecialidad Comercial de Lima declaró la disolución y liquidación de
Tom Seafood S.A.C. (en adelante, Tom Seafood). Por Oficio 2008-0-4630-
1801-JR-CI-12 del 15 de marzo de 2010, el referido juzgado remitió a la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) las copias certificadas del Expediente Judicial 4630-2008
correspondiente a la demanda de obligación de dar suma de dinero seguida
por Banco Internacional del Perú S.A. frente a Tom Seafood, a fin de que
proceda conforme a sus atribuciones.

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