Sentencia nº 001535-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Junio de 2011

Fecha de Resolución22 de Junio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente003-2011/PSO-INDECOPI-TAC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de l a Competencia N°2
RESOLUCIÓN 1535-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 003-2011/PSO-I NDECOPI-TAC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE TACNA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : CÉSAR ORDONEL MANUEL HURTADO VELEZ
DENUNCIADA : SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L.
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
PROCEDENCIA
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES DE TIPO SERVICIO
SUMILLA: Se declara procedente el recurso de revisión planteado por el
señor César Ordonel Manuel Hurtado Vélez contra la Resolución 0043-
2011/INDECOPI-TAC, por causal de inaplicación del principio del debido
procedimiento establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo
General.
Lima, 22 de junio de 2011
ANTECEDENTES
1. El 20 de enero de 2011, el señor César Ordonel Manuel Hurtado Vélez (en
adelante, el señor Hurtado) denunció ante el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna
(en adelante, el ORPS) a Servicios Operativos del Sur S.R.L.1 (en adelante,
Servicios Operativos) por infracción del artículo 19º de la Ley 29571, Código
de Defensa y Protección del Consumidor (en adelante, el Código), al no
haber cumplido con otorgarle un Certificado de Inspección Técnica Vehicular
con un año de vigencia.
2. En su denuncia, el señor Hurtado señaló lo siguiente:
(i) El 17 de enero de 2011 acudió al establecimiento de Servicio Operativos
a fin de que realicen la revisión técnica de su vehículo de placa de
rodaje V1N-291, para lo cual pagó la suma de S/. 80,00, siendo que en
dicho establecimiento le informaron que la vigencia del Certificado de
Inspección Técnica Vehicular que le otorgarían, de pasar todos los
exámenes, tendría una vigencia de un año; y,
(ii) su vehículo aprobó todos los exámenes que le realizaron; sin embargo
en el Certificado de Inspección Técnica Vehicular que le otorgaron se
consignó que éste tendría una vigencia de dos meses, es decir, que la
fecha de su próxima revisión sería el 17 de marzo de 2011.
1 RUC 20449 468156, con domicilio fiscal en Carretera Panamerican a S/N, Sector Copare, Terreno B, Tacna.

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