Sentencia nº 003106-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente004-2012/ILN-CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa d e la Competencia
RESOLUCIÓN 3106-2012/SDC-IN DECOPI
EXPEDIENTE 004-2012/ILN-CCO-S ANCIONADOR
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA NORTE
DEUDOR : VARGAS Y ASOCIADOS S.A. EN LIQUIDACIÓN
SANCIONADO : ALFONSO LÓPEZ SOUSA
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
CONSTITUCIÓN DE CARTA FIANZA
ACTIVIDAD : INFORMACIÓN NO DISPONIBLE
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0263-2012/ILN-CCO del 4 de abril de
2012, que sancionó al señor Alfonso López Sousa con una multa ascendente
a dos (2) Unidades Impositivas Tributarias por no haber cumplido con
presentar la carta fianza a favor del Indecopi -en resguardo de las
obligaciones pecuniarias que la autoridad concursal pudiera imponerle por
las eventuales infracciones en las que incurra como entidad liquidadora-
dentro del plazo establecido para tal efecto, al verificarse que tal omisión
constituye una infracción a los artículos 120.5 y 123.1 de la Ley General del
SANCIÓN: DOS (2) UIT
Lima, 12 de noviembre de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 1223-2007/CCO-INDECOPI del 5 de febrero de 2007, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Norte (en adelante, la
Comisión) dispuso la publicación de la disolución y liquidación de Vargas y
Asociados S.A. en Liquidación (en adelante, Vargas y Asociados) en el diario
oficial “El Peruano”, conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley
General del Sistema Concursal (en adelante, LGSC) y el artículo 703 del
2. El 19 de marzo de 2007, la Comisión publicó en el Diario Oficial “El Peruano”
la situación de concurso de Vargas y Asociados y otorgó a sus acreedores un
plazo de treinta (30) días hábiles para que se apersonen ante la autoridad
concursal y soliciten el reconocimiento de sus créditos. Dicho plazo venció el
30 de abril de 2007.
3. Mediante Resolución 6983-2007/CCO-INDECOPI del 25 de junio de 2007, la
Comisión declaró la inexistencia de concurso en el procedimiento concursal
ordinario de Vargas y Asociados y encargó a su Secretaría Técnica de la
Comisión que realice las gestiones necesarias para la designación de una
entidad encargada del procedimiento de disolución y liquidación de la
concursada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36.2 de la Ley General
del Sistema Concursal, norma vigente a la fecha antes indicada.

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