Sentencia nº 000129-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 21 de Abril de 2004
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2004 |
Emisor | Tribunal de Defensa de la Competencia |
Expediente | 143-2003/CPC |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0129-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 143-2003/CPC
M-SDC-02/1B
PROCEDENCIA : COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR (LA
COMISION)
DENUNCIANTE : SILVANA CARMEN BRENNER DERTEANO (LA SEÑORA
BRENNER)
DENUNCIADO : SOCIEDAD FRANCESA DE BENEFICENCIA (LA
CLÍNICA)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : SERVICIOS MÉDICOS
SUMILLA: en el procedimiento seguido por la señora Silvana Carmen Brenner
Derteano contra la Sociedad Francesa de Beneficencia por infracción a las
normas de protección al consumidor, la Sala ha resuelto lo siguiente:
(i) Confirmar en todos sus extremos la Resolución N° 750-2003/CPC
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor el 23 de julio de
2003, por la cual se estableció la responsabilidad de la Sociedad
Francesa de Beneficencia y se le impuso una multa de treinta (30)
Unidades Impositivas Tributarias. Ello debido a que se ha determinado
que los médicos de la Sociedad Francesa de Beneficencia actuaron de
forma negligente tanto en las consultas previas a la intervención de
legrado, como durante la misma. Asimismo, se ha determinado que la
intervención de ligadura de trompas no fue necesaria por lo que la
actuación de los médicos al realizar dicha operación con la
autorización del cónyuge de la señora Brenner fue negligente.
(ii) Ordenar a la Sociedad Francesa de Beneficencia el pago de las costas
y costos en que hubiera incurrido la señora Brenner durante la
tramitación del presente procedimiento.
(iii) Ordenar se remita copia de lo actuado en el procedimiento al
Ministerio de Salud.
SANCIÓN: 30 UIT
Lima, 21 de abril de 2004
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