Sentencia nº 000807-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente089-2009/04-04/CCO-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0807-2012/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 089-2009-04-04/CCO- INDECOPI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
EN LAMBAYEQUE
DEUDOR : MACEL S.R.L. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : PRIMA AFP S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ORDEN DE PREFERENCIA
CONTROL DIFUSO
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MENOR COMBUSTIBLES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3565-2009/INDECOPI-LAM del 16 de
noviembre de 2009, en el extremo que declaró que a los créditos reconocidos
a favor de Prima AFP S.A. frente a Macel S.R.L. en Liquidación, ascendentes a
S/. 883,47 por capital y S/. 1 456,93 por intereses derivados de las comisiones
impagas, les corresponde el quinto orden de preferencia, y se desestima el
pedido formulado por Prima AFP S.A. para que se inaplique a su solicitud de
reconocimiento de créditos lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley
General del Sistema Concursal, modificado por el artículo 15 del Decreto
Legislativo 1050, que otorga el quinto orden de preferencia a los créditos,
toda vez que dicho dispositivo no contraviene lo dispuesto por el artículo 24
Lima, 21 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 3565-2009/INDECOPI-LAM del 16 de noviembre de
2009, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Lambayeque (en
adelante, la Comisión) reconoció créditos de origen previsional frente a Prima
AFP S.A. (en adelante, Prima) frente a Macel S.R.L. en Liquidación1 (en
adelante, la deudora) ascendentes a S/. 4 606,70 por capital y S/. 8 989,47
por intereses; otorgando a los créditos ascendentes a S/. 3 723,23 por capital
y S/. 7 532,54 por intereses el primer orden de preferencia y a los créditos
ascendentes a S/. 883,47 por capital y S/. 1 456,93 por intereses el quinto
orden.
2. El 26 de noviembre de 2009, Prima apeló la Resolución 3565-
2009/INDECOPI-LAM, en el extremo que otorgó el quinto orden de
preferencia a los créditos ascendentes a S/. 883,47 por capital y S/. 1 456,93
por intereses, alegando que el Decreto Legislativo 1050 desagrega en dos
1 El 31 de agosto de 2009, la Comisión p ublicó en el diario ofici al “El P eruano” la disol ución y liquid ación de Macel
S.R.L.

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