Sentencia nº 000066-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Enero de 2011

Fecha de Resolución11 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente476-2009/CCO-INDECOPI-01-03
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0066-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 476-2009/C CO-INDECOPI-01-03
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : NANCY NORMA GLORIA PADILLA CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : MARGOT ROSSANA MERA CASTRO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : VENTA MINORISTA EN PUESTOS DE VENTA
SUMILLA: se CONFIRMA, modificando sus fundamentos, la Resolución 4311-
2010/CCO-INDECOPI del 18 de junio de 2010, que declaró improcedente la
solicitud de reconocimiento de créditos presentada por la señora Margot
Rossana Mera Castro frente a la señora Nancy Norma Gloria Padilla con
patrimonio en Liquidación; debido a que la solicitante no acreditó la cuantía
de los créditos invocados, toda vez que durante el periodo en el que se
devengaron dichos créditos resulta aplicable la inversión de la carga de la
prueba a favor del deudor, conforme a lo dispuesto por el artículo 39.4 de la
Ley General del Sistema Concursal y conforme a lo dispuesto por el
precedente de observancia obligatoria aprobado mediante Resolución 916-
2010/SC1-INDECOPI.
Lima, 11 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 7 de abril de 2010, la señora Margot Rossana Mera Castro (en adelante, la
señora Mera) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral
frente a la señora Nancy Norma Gloria Padilla con patrimonio en Liquidación1
(en adelante, la señora Gloria) ascendentes a S/. 24 224,20 por capital, de
acuerdo al siguiente detalle2:
CONCEPTO PERIODO CAPITAL S/.
CTS Del 1 de mayo de 1992 al 30 de abril de 2004
Del 1 de mayo al 30 de octubre de 2004 10 890,00
302,50
Vacaciones Años del 1998 al 2004 8 470,00
Remuneraciones impagas Del 1 de abril al 31 de octubre de 2004 3 684,45
Gratificaciones Julio de 2004
Del 1 de julio al 31 de octubre de 2004 526,35
350,90
TOTAL 24 224,20
1 El 22 de febrero de 2010, la Comisión publicó en el diario oficial “El Peruano” l a disolución y liquidación de l a señora
Gloria en aplicación del artícul o 703 del código Procesal Civil.
2 En sustento de su solicitud, la señora M era presentó una aut oliquidación y d eclaración jurada, en l a cual indica que
no mantiene vinculación con la d eudora en los términos del artículo 12 de la Ley Gener al del Sistema Concursal.

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