Sentencia nº 002713-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente122-2011/CPC-INDECOPI-CAJ
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de l a Competencia N°2
RESOLUCIÓN 2713-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 122-2011/CPC-I NDECOPI-CAJ
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CAJAMARCA
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : CORPORACIÓN BRILLANTINA S.R.L.
MATERIA : LISTA DE PRECIOS
DEBER DE INFORMACIÓN
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE MATERIALES DE
CONSTRUCCIÓN
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que halló responsable a
Corporación Brillantina S.R.L., al haberse acreditado que no cumplió con
consignar los precios de todos los productos ubicados en su área de
exhibición y que no contaba con una lista en la que constaran los precios de
los productos que ofertaba.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 6 de septiembre de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 26 de diciembre de 2011, la Secretaría Técnica de
la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cajamarca (en adelante,
la Secretaría Técnica) inició un procedimiento de oficio contra Corporación
Brillantina S.R.L.1 (en adelante, la Corporación) por presuntas infracciones de
la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor2 (en adelante,
el Código). Ello, en tanto que en la diligencia de inspección llevada a cabo el
17 de noviembre 2011 en el establecimiento comercial de la denunciada, se
verificaron las siguientes conductas:
(i) No mostraba el precio de todos los productos que se encontraban en su
área de exhibición; y,
(ii) no contaba con una lista en la que constaran los precios de los
productos ofertados.
2. En tanto la Corporación no presentó sus descargos, la Secretaría Técnica la
declaró rebelde el 12 de enero de 2012.
1 RUC: 20496115105. Domicilio: Av. Vía de Evitamiento Norte 2323, Cajamarca.
2 Publicado el 2 de septiembr e de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vig encia a los 30 días calendario.

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