Sentencia nº 000101-2004/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 17 de Febrero de 2004
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2004 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 176660-2003/OSD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0101-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 176660-2003
1-4
SOLICITANTE : COLOMBINA S.A.
Suspensión del procedimiento: Acción de cancelación en trámite
Lima, diecisiete de febrero de dos mil cuatro
I. ANTECEDENTES
Con fecha 25 de marzo del 2003, Colombina S.A. (Colombia) solicitó el registro de la
marca de producto constituida por la etiqueta en la combinación de colores verde
oscuro, verde claro y amarillo, en la parte central aparece la denominación
MORDISQUETAS escrita en letras características en color blanco con bordes de color
plomo, azul y amarillo, escrita sobre un fondo de color fucsia, debajo aparece la frase
AGÁRRALO A MORDISCOS en color blanco. En la parte superior izquierda de la
denominación aparece la denominación COLOMBINETAS escrita en letras
características y en color fucsia con bordes blanco y azul. En la parte inferior central
izquierda aparecen las figuras de dos chupetines en color amarillo, conforme al modelo,
para distinguir chupetes, de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución N° 12307-2003/OSD-INDECOPI de fecha 23 de octubre del
2003, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro del signo solicitado.
Señaló que del informe de antecedentes se verificó la existencia de la marca
MORISQUETAS, que distingue productos de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial,
con la cual el signo solicitado resulta ser gráfica y fonéticamente semejante al
presentar elementos denominativos muy similares, siendo su única diferencia la
presencia de la letra D en la segunda sílaba del signo solicitado (MOR-DIS-QUE-
TAS / MO-RIS-QUE-TAS).
Con fecha 20 de noviembre del 2003, Colombina S.A. interpuso recurso de
apelación manifestando que mediante expediente N° 196098-2003 ha solicitado la
cancelación por falta de uso de la marca MORISQUETAS, siendo que de declararse
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