Sentencia nº 001040-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente378-2008/CCO-INDECOPI-01-136
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1040-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 378-2008/CCO-INDE COPI-01-136
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : TEXTILES DEL SUR S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : JOSÉ MANUEL MIRANDA PIZARRO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CRÉDITOS LABORALES
VINCULACIÓN
INDEMNIZACIÓN VACACIONAL
ACTIVIDAD : PREPARACIÓN Y TEJIDO DE FIBRAS TEXTILES
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 6836-2010/CCO-INDECOPI del 17 de
febrero de 2010, en el extremo que declaró como acreedor vinculado al señor
José Manuel Miranda Pizarro en los términos establecidos en el articulo 12 de
la Ley General del Sistema Concursal; y, reformándola SE DECLARA que este
no mantiene vinculación con Textiles del Sur S.A.C. Ello, debido a que en el
presente procedimiento no se ha acreditado que el referido trabajador haya
ocupado un cargo de dirección o que ejerza la representación de Textiles del
Sur S.A.C en Liquidación.
Asimismo, se REVOCA la Resolución 6836-2010/CCO-INDECOPI en el extremo
que declaró inadmisible la solicitud de reconocimiento de créditos del
trabajador respecto de la indemnización vacacional del periodo de 1998 a
2009; y, reformándola, SE RECONOCE créditos a su favor frente a Textiles del
Sur S.A.C. en Liquidación ascendentes a S/. 39 269,26 por capital derivados
de la indemnización vacacional del 1 de agosto de 1998 al 15 de junio de 2010,
a los cuales les corresponde el primer orden de preferencia; debido a que, el
trabajador ha acreditado la cuantía de los mismos de conformidad con lo
dispuesto en la primera parte del artículo 39.4 de la Ley General de Sistema
Concursal y el precedente de observancia obligatoria I aprobado por
Resolución 088-97-TDC.
Lima, 19 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 18 de junio de 2010, complementado el 22 de julio de
2010, el señor José Manuel Miranda Pizarro (en adelante, el señor Miranda)
solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en
adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos frente a Textiles del Sur
S.A.C. en Liquidación (en adelante, Textiles del Sur)1 ascendentes a
S/. 1 870,71 y US$ 21 276,92 por capital, derivados de la compensación por
1 El 27 de abril de 2009, la Comis ión publicó el inicio del procedimiento concursal d e Textiles del Sur.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR