Sentencia nº 001707-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 17 de Diciembre de 2001

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente107537-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1707-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 107537-2000
1-9
SOLICITANTE : PERUVET S.A.
OPONENTE : MAPLE LEAF FOODS INC.
Pérdida del derecho de prelación
Lima, diecisiete de diciembre de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 5 de junio del 2000, Peruvet S.A. (Perú) solicitó el registro de la marca de
producto C CANINE PLUS para distinguir alimentos para mascotas, exclusivamente, de
la clase 31 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 20 de octubre del 2000, Maple Leaf Foods Inc. (Estados Unidos de América)
formuló observación a la solicitud de registro manifestando ser titular de la marca
CANINE-PLUS en Estados Unidos de América y Canadá, para distinguir productos de
la clase 31 de la Nomenclatura Oficial. Indicó que el signo solicitado debe ser denegado
por constituir un acto de mala fe, cuya finalidad es apropiarse de una marca ajena.
Señaló que existe una notable identidad entre los signos en conflicto, lo que evidencia
la intención de la solicitante de imitar la marca registrada. Precisó que el término
CANINE-PLUS constituye una denominación arbitraria y que la solicitante estuvo en
condiciones de conocer la existencia de su marca. Posteriormente, adjuntó copia de los
certificados de registro de su marca CANINE-PLUS en los Estados Unidos y Canadá.
Mediante proveído de fecha 23 de abril del 2001, la Oficina de Signos Distintivos tuvo
por no absuelta la oposición, al haber transcurrido el plazo de ley sin haber sido
contestada.
Mediante Resolución Nº 10415-2001/OSD-INDECOPI de fecha 18 de setiembre del
2001, la Oficina de Signos Distintivos declaró infundada la oposición y otorgó el registro
solicitado. Consideró que la oponente no ha aportado elementos suficientes que
permitan establecer que la empresa solicitante conocía de la existencia de su marca
registrada en Canadá y Estados Unidos de América, y que en base a ello solicitó el
registro de la marca en el Perú, con el fin de obtener un beneficio propio en desmedro
de los intereses del opositor. Asimismo, indicó que no se ha demostrado la efectiva
comercialización o difusión en el país de los productos identificados con la marca
CANINE-PLUS, por lo que no puede concluirse válidamente que dicho signo haya sido
conocido por la solicitante antes de pretender el registro del signo solicitado C CANINE
PLUS. Indicó que el hecho que dos signos sean idénticos o confundibles no es
suficiente para que se configure la conducta desleal, o para determinar que la
solicitante ha procedido de mala fe.
Con fecha 12 de octubre del 2001, Maple Leaf Foods Inc. interpuso recurso de
apelación reiterando sus argumentos. Citó jurisprudencia que consideró aplicable al
caso de autos.

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