Sentencia nº 000764-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 9 de Abril de 2010

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente349969-2008/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0764-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 349966-2008
1-21
ACCIONANTE : MARIANNINA ELENA CORDANO CARELLA
EMPLAZADO : IVÁN PEDRO SALAS MANSILLA
Acción por infracción a los derechos de propiedad industrial Nulidad de
la Resolución de Primera Instancia Defectos en la tramitación del
procedimiento Notificación defectuosa
Lima, nueve de abril de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 8 de abril de 2008, Pachakamaq Trading E.I.R.L. (representada por
Mariannina Elena Cordano Carella, en su calidad de titular gerente) interpuso
acción por infracción a sus derechos de propiedad industrial contra Iván Pedro
Salas Mansilla, señalando como domicilio del emplazado Calle Los Flamencos
Nº 624-B, Santa Anita. Manifestó lo siguiente:
(i) Es titular de la marca de producto PACHAKAMAQ y logotipo
(Certificado Nº 26915)1 registrada en la clase 30 de la Nomenclatura
Oficial.
(ii) Debido a la calidad de sus productos, el emplazado, a fin de procurarse
ingresos adicionales, requirió a su empresa que le brinde facilidades, en
forma personal, para que pueda comercializar algunos de sus productos,
autorizándosele para que comercializara algunos de los productos que
su empresa elabora (toffees de maca y de uña de gato, caramelos de
propóleos, harina de maca, algarrobina, miel de abejas con propóleos y
eucalipto, polen y néctar de yacón) actividad que ha venido
desarrollando de acuerdo a sus indicaciones y requerimientos del
mercado en forma independiente.
(iii) Al emplazado se le daba la mercadería a bajo costo para que él le
pusiera un sobrecosto que era su ganancia y debido a la buena relación
que se tenía con el emplazado, éste aprovechó para concurrir a las
oficinas y/o talleres de sus proveedores y abastecedores de insumos,
solicitando mercadería y/o materiales a nombre de su empresa, para su
provecho personal, elaborando en forma clandestina sus productos y
comercializándolos a nivel nacional e internacional, lo cual nunca fue
autorizado por su empresa, tomándose la libertad incluso de
comercializar algunos productos que nunca ha elaborado su empresa, y
1 Cabe precisar que dicha marca se encuentra registrada a favor de Mariannina Elena Cordano Carella.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0764-2010/TPI-INDECOPI
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de los cuales no tienen las autorizaciones pertinentes de las autoridades
correspondientes, tales como harina de coca, café de algarroba, etc., por
lo que utiliza códigos de registros sanitarios que no se encuentran
autorizados,
Solicitó que se sancione ejemplarmente al emplazado y se realice una visita
inspectiva en el inmueble de propiedad del emplazado a fin de que se verifique
la elaboración de sus productos en forma clandestina, ordenándose el comiso
y/o inmovilización de los productos. Adjuntó documentos a fin de acreditar sus
argumentos,
Con fecha 25 de abril de 2008, Pachakamaq Trading E.I.R.L. solicitó las costas
y costos del proceso y que al momento de la visita inspectiva se trabe embargo
sobre los bienes que se encuentren.
Mediante proveído de fecha 19 de mayo de 2008, la Oficina de Signos
Distintivos tuvo por interpuesta la acción por parte de Pachakamaq Trading
E.I.R.L. y corrió traslado de la misma a Iván Pedro Salas Mansilla. Asimismo,
dispuso que se practique una diligencia de inspección en el local del
emplazado y dictó la medida cautelar de comiso de productos, de verificarse en
la respectiva diligencia el uso del signo PACHAKAMAQ y/o PACHAKAMAQ y
diseño.
Con fecha 13 de junio de 2008, se llevó a cabo la diligencia de inspección
ordenada en el local ubicado en Calle Los Flamencos 624-B, Santa Anita. En
dicho local se verificó que funcionaba la empresa Nutry Body S.A.C., cuyo
gerente general es Iván Pedro Salas Mansilla, verificándose que dicha empresa
se dedica a la comercialización de productos naturales, así como el uso del
signo PACHAKAMAQ en la cantidad de 1 500 volantes, 238 hojas de papel
membretado con el signo PACHAKAMAQ y diseño, 2 270 volantes con la
palabra NONI PACHAKAMAQ, 5 000 etiquetas con la denominación
PROPÓLEO PACHAKAMAQ. Se hizo efectiva la medida cautelar de comiso de
los mismos y se dejó constancia de que no se encontraron productos con el
signo PACHAKAMAQ.
Con fecha 18 de junio de 2008, Iván Salas Mansilla manifestó que se procedió
a efectuar una inspección humillante y degradante hacia su persona con
acusaciones falsas de falsificación de productos PACHAKAMAQ y de la venta
de dichos productos a provincias y al extranjero cuando la propia señora
Mariannina Cordano le encomendó esa tarea y nunca le retribuyó
económicamente sus servicios, pues le autorizó a fabricar, diseñar,

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