Sentencia nº 002754-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente346-2010/CPC-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCION 2754-2011/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 346-2010/CPC-IND ECOPI-LAL
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DENUNCIANTE : YICELA ANGÉLICA EGÚSQUIZA MEZA
DENUNCIADO : CLÍNICA DE OJOS CÁCEDA S.R.L.
ELVA ESTHER CÁCEDA SÁNCHEZ
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS MÉDICOS
IDONEIDAD
SERVICIOS RIESGOSOS
NULIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE MÉDICOS Y ODONTÓLOGOS
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró infundada la denuncia, porque no quedó acreditado que se hubiera
omitido información relevante a la denunciante con el objeto de inducirla a
someterse a la operación de inserción de lente intraocular.
Asimismo, se declara la nulidad de la referida resolución en el extremo que
se pronunció declarando fundada la denuncia por infracción del deber de
idoneidad, sin contar con una pericia médica que permitiese analizar el acto
médico cuestionado, disponiendo que la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de La Libertad emita un nuevo pronunciamiento.
Lima, 13 de octubre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 5 de octubre del 2010, la señora Yicela Angélica Egúsquiza Meza (en
adelante, la señora Egúsquiza) denunció ante la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante, la Comisión) a la Clínica
de Ojos Cáceda S.R.L. (en adelante, la Clínica)1 y a la señora Elva Esther
Cáceda Sánchez (en adelante, la señora Cáceda)2 por infracción del Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor. En su denuncia señaló
que:
(i) En mayo del 2010, acudió a la Clínica para recibir una consulta médica
por parte de la señora Cáceda3, médico oftalmólogo, debido a que
1 RUC 20355470378 y d omicilio fiscal Jr. Bolognesi 310 de la ciudad de Trujillo, conforme l o declarado ante la Su nat
(www.sunat.gob.pe)
2 RUC 1019 0986603 y domicilio fiscal Jr. Bolognesi 3 10 Int. 109 Trujillo (Centro Cív ico) de la ciudad de Trujillo,
conforme lo declarado ante l a Sunat (www.sunat.gob.pe)
3 Según la inform ación registrada en la Partida 03138126 del Libro de Sociedades Comerciales de Responsabilidad
Limitada del R egistro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº V de la Sup erintendencia N acional de los
Registros Públicos, la señora Cáceda es socia de la C línica, con una participación de 1500 acciones respecto de 10

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