Sentencia nº 000200-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Enero de 2011

Fecha de Resolución27 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-342
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0200-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-342
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : CRISTIAN AUGUSTO REY BERNUY
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
NULIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 4610-2010/CCO-INDECOPI
del 25 de junio de 2010; debido a que la investigación efectuada por la
Comisión resultó insuficiente para determinar la existencia y cuantía de los
créditos invocados, contraviniendo de esta manera lo establecido por el
precedente de observancia obligatoria II aprobado mediante Resolución 088-
consecuencia, se dispone que la primera instancia emita un nuevo
pronunciamiento respecto de la solicitud de reconocimiento de créditos del
señor Cristian Augusto Rey Bernuy frente a Panamericana Televisión S.A.
debiendo efectuar previamente una adecuada investigación, de acuerdo a lo
señalado en la parte considerativa del presente pronunciamiento.
Lima, 27 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 26 de marzo de 2010, el señor Cristian Augusto Rey Bernuy (en adelante,
el solicitante) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral
frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana)
ascendentes a S/. 108 185,90 por capital2, derivados de la compensación por
tiempo de servicios, vacaciones, gratificaciones de julio y diciembre, y,
remuneraciones devengadas en el periodo del 1 de enero de 2009 al 3 de
1 P ublicación del sometimiento a concurso preventivo: 1 5 de febrero de 2010.
2 La autoliquidación presentada por el solicitante contiene el siguiente detalle:
Concepto Periodo Capital S/.
CTS Del 01/01/2008 al 03/06/2009 9 975,00
Vacaciones truncas 2 500,00
Vacaciones 2008 4 486,45
Gratificaciones Julio y diciembre 2008 10 460,40
Remuneraciones Del 01/01/2008 al 03/06/2009 76 718,30
Gratificación trunca 5 000,00
TOTAL 108 185,90

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