Sentencia nº 000166-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Enero de 2011

Fecha de Resolución27 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente045-2010/CPC-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N°2
RESOLUCIÓN 0166-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 045-2010/CPC-I NDECOPI-CUS
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : ZAYDA RUTH PONCE DE LEON DE VEGA CENTENO
MATERIA : SERVICIOS EDUCATIVOS
INTERESES ECONÓMICOS
PENSIONES ADELANTADAS
DIRECCIONAMIENTO COMPRA DE UNIFORMES
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA PRIMARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado en el extremo que
halló responsable a la señora Zayda Ruth Ponce de León de Vega Centeno,
debido a que se constató que el centro educativo de su propiedad obligaba a
los padres de familia a adquirir el uniforme escolar en el colegio o en un
local designado por ésta, así como por efectuar el pago adelantado de
pensiones. Asimismo, se confirman las medidas correctivas ordenadas y la
sanción consistente en una amonestación.
SANCIÓN: AMONESTACIÓN
Lima, 27 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 12 de marzo de 2010, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Cusco (en adelante,la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra la señora Zayda Ruth Ponce de León de Vega
Centeno (en adelante, la señora Ponce de León)1 por infracción del artículo
literal d) del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2,
puesto que en la inspección realizada por la Secretaría Técnica de la
Comisión se verificó que el centro educativo perteneciente a la señora Ponce
de León obligaba a los padres de familia a comprar el uniforme escolar en el
colegio o en un centro designado por ésta, así como efectuaba el cobro
adelantado de pensiones.
2. El 18 de marzo de 2010, la señora Ponce de León presentó sus descargos
señalando que a la representante de la Secretaría Técnica se le informó que
los padres de familia determinaban en asamblea el lugar de confección de
los uniformes. Asimismo, indicó que los pagos de las mensualidades se
1 RUC 10239847612. La señora Ponce de León es propietaria de la Institución Educativ a Inicial Particular “La Semilla”
que se encuentra ubicada en Av. De la Infancia 560, Wanchaq, Cusco.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por D ecreto Supremo 006-2009-PCM, publicado el 30 de enero de 2009
en el diario oficial El Peruano.

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