Sentencia nº 000199-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Enero de 2011

Fecha de Resolución27 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-348
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0199-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-348
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : MARCOS RICHARD ROJAS ROJAS
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: considerando que el señor Marcos Richard Rojas Rojas ha
acreditado el vinculo laboral con Panamericana Televisión S.A. durante el
periodo comprendido entre el 1 de abril de 2003 al 31 de diciembre de 2009,
se REVOCA la Resolución 4638-2010/CCO-INDECOPI del 25 de junio de 2010,
en el extremo que declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada por el señor Rojas frente a Panamericana derivados de
la CTS del periodo del 1 de junio de 2003 al 31 de octubre de 2004,
gratificaciones de julio y diciembre de los años 2003 y 2004, vacaciones
2002-2003 y 2003-2004, saldo de remuneraciones impagas de julio de 2003 a
junio de 200; y, reformándola se declara infundada la solicitud en dicho
extremo; dado que el trabajador no ha cumplido con acreditar la cuantía de
tales créditos.
Asimismo, se REVOCA la Resolución 4638-2010/CCO-INDECOPI del 25 de
junio de 2010, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el señor Rojas frente a
Panamericana, y reformándola se reconocen los créditos ascendentes a
S/. 29 087,50 por capital y S/. 5 362,34 por intereses derivados de la
compensación por tiempo de servicios del periodo comprendido entre el 1
de noviembre de 2004 al 31 de octubre de 2009, gratificaciones del 2005 al
2009, vacaciones del 2005 al 2009, remuneraciones de diciembre de 2008 a
enero de 2009.
Finalmente, se CONFIRMA la Resolución 4638-2010/CCO-INDECOPI del 25 de
junio de 2010, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el señor Rojas frente a
Panamericana, derivados de la compensación por tiempo de servicios del
periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2009 y el 15 de febrero de
2010, bonificación extraordinaria, gratificación trunca de julio 2010 e
indemnización vacacional, debido a que dichos créditos fueron solicitados
fuera del plazo establecido en los artículos 34.1 y 105.1 de la Ley General del
Sistema Concursal.
Lima, 27 de enero de 2011
ANTECEDENTES

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