Sentencia nº 001807-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Junio de 2012

Fecha de Resolución14 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente140-2011/CPC-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1807-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 140-2011/CPC-IND ECOPI-LAL
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : CARLOS ALBERTO ZELADA CHÁVEZ
DENUNCIADOS : SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
SERVICIOS, COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo apelado
que declaró fundada la denuncia, en tanto el denunciado no acreditó el
origen de la deuda imputada al denunciante.
SANCIÓN: Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C.: 2 UIT
Lima, 14 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. El 17 de mayo de 2011, el señor Carlos Alberto Zelada Chávez (en adelante,
el señor Zelada) denunció a Scotiabank Perú S.A.A.1 (en adelante, el Banco)
y Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C (en adelante, SCI)2 por infracción
adelante, el Código) señalando lo siguiente:
(i) En julio de 2000, el Banco Wiese Sudameris (ahora, el Banco) le otorgó
un crédito para la adquisición de una cocina a gas de la tienda Curacao.
Dicha deuda fue cancelada a través del descuento por planilla de una
cuota mensual ascendente a S/.144,00, desde julio de 2000 a diciembre
de 2001. Pese a ello, el Banco lo reportó ante la Central de Riesgos
como moroso;
(ii) en noviembre de 2010 el Banco le remitió un documento denominado
“Hoja de Atención” a través del cual se le comunicaba que mantenía una
deuda en dólares pendiente de pago;
(iii) remitió cartas de reclamo al denunciado, el 13 de diciembre de 2010 y el
9 de febrero de 2011, sin que hayan sido atendidas por el Banco:
1 Con RUC 20100043140 y con domic ilio en Calle Mayor Armando Blondet 135, Urb. Sant a Ana, San Isidro, Lima.
2 Cabe señalar, que a t ravés de l a Resolución 6 de fecha 28 de seti embre de 2 011 emitida por la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de La Libert ad, se incorporó de oficio como co-denunciado a Servicios y Cobranzas e
Inversiones S.A. C, toda vez que estaría requiriendo el pago de un a deuda que el señor Zelada c anceló totalmente
en su oportunidad, hecho que p odría constituir infracción al artículo 19° del Códig o.
Con RUC 20462527137 y c on domicilio en Jr. Puno 181, Lima, Lima.

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