Sentencia nº 001307-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente178-2001//CRP-ODI-ULI-04-04
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1307-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 178-2001/CRP-ODI- ULI-04-04
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : PROTECCIÓN Y SERVICIO S.R.L. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP HORIZONTE S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CRÉDITO PREVISIONAL
AMPLIACIÓN DE CRÉDITOS
FUERO DE ATRACCIÓN
ACTIVIDAD : INVESTIGACION Y SEGURIDAD
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3398-2009/CCO-INDECOPI del 16 de
abril de 2009, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos del 1 de febrero de 2008, presentada por AFP
Horizonte S.A. frente a Protección y Servicio S.R.L. en Liquidación respecto
de los créditos correspondientes al periodo comprendido entre el 28 de
agosto de 2002 y noviembre de 2007, debido a que a partir de la suscripción
del Convenio de Liquidación, el 27 de agosto de 2002, se produjo el cese de
las actividades económicas de la concursada sin que la entidad previsional
haya acreditado que los créditos invocados se derivaron de una relación
jurídica originada con anterioridad a la referida suscripción y continuada
luego de esta última, tal como lo establece el precedente de observancia
obligatoria aprobado por Resolución 02272-2007/TDC-INDECOPI.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 3398-2009/CCO-INDECOPI en el
extremo que declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de
créditos respecto del período devengado entre el 1 y el 27 de agosto de 2002,
puesto que la liquidación para cobranza que presentó AFP Horizonte S.A.
contiene aportes previsionales devengados durante la totalidad de dicho
mes y no solo hasta el 27 de agosto de 2002, fecha de suscripción del
Convenio de Liquidación.
Lima, 16 de marzo de 2010
ANTECEDENTES
1. El 22 de octubre de 2001, la Comisión de Procedimientos Concursales (en
adelante, la Comisión) publicó en el diario Oficial “El Peruano” el inicio de
concurso de Protección y Servicio S.R.L. (en adelante, Protección y Servicio).
Posteriormente, el 22 de agosto de 2002, la junta de acreedores acorla
disolución y liquidación de la empresa concursada, designando a Pajares y
Arana Asesores Consultores S.A.C. como entidad liquidadora de dicha
empresa.
2. El 27 de agosto de 2002, la junta de acreedores de Protección y Servicio
suscribió el respectivo Convenio de Liquidación. Finalmente, el 30 de octubre
de 2003, se designó a Albaconsult S.A.C. (en adelante, Albaconsult) como
entidad liquidadora de la empresa concursada.

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