Sentencia nº 000592-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 5 de Septiembre de 2001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente000046-2001/CAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0592-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 000046-2001/CAM
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE ACCESO AL MERCADO (LA COMISION)
DENUNCIANTE : ASERRADERO TARAPOTO S.A.C. (ASERRADERO
TARAPOTO)
DENUNCIADO : INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES
(INRENA)
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRATICAS
ACTIVIDAD : REGULACION Y FACILITACION DE ACTIVIDADES
ECONOMICAS
SUMILLA: en el procedimiento seguido por Aserradero Tarapoto S.A.C.
contra el Instituto Nacional de Recursos Naturales –INRENA– por presunta
imposición de barreras burocráticas, la Sala ha resuelto confirmar la
Resolución N°2-CAM-INDECOPI/EXP-000046-2000 emitida por la Comisión
de Acceso al Mercado el 10 de mayo de 2001, en los extremos apelados que
declaró fundada la denuncia por considerar que el cobro por los conceptos
denominados guía de transporte forestal, inspección ocular de madera en
trozas e inspección ocular de madera aserrada, constituían barreras
burocráticas ilegales.
Los cobros exigidos a Aserradero Tarapoto ascendentes a S/. 152,00 y
S/. 80,00 por concepto de inspecciones oculares de madera en trozas y
aserrada, respectivamente, constituyen barreras burocráticas ilegales toda
vez que, tratándose de servicios que forman parte de las funciones de
policía administrativa en materia de recursos naturales de la entidad
denunciada, éstos debieron ser gratuitos de acuerdo a lo dispuesto por los
artículos 1 y 9 de la Ley de Normas Generales de Procedimientos
Administrativos, y 30 del Decreto Supremo N° 094-92-PCM.
De otro lado, de una lectura de los TUPA del Instituto Nacional de Recursos
Naturales –INRENA– vigentes desde 1998 hasta la fecha se desprende que
no se consignó en los mismos los cobros por concepto de guía de
transporte forestal. No habiéndose cumplido con los requisitos para su
exigibilidad, dichos cobros constituyen una barrera burocrática ilegal.
Lima, 5 de setiembre de 2001
I ANTECEDENTES
El 3 de octubre de 2000, Aserradero Tarapoto denunció al Instituto Nacional de
Recursos Naturales –en adelante, Inrena– por considerar que los cobros por
conceptos de guía de transporte forestal y derecho de inspección ocular a
establecimientos y depósitos de productos forestales constituían barreras

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