Sentencia nº 000060-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Enero de 2010

Fecha de Resolución19 de Enero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0039-2009/CEB-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0060-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 000039-2009/CEB-I NDECOPI
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : CONSTRUCTORA LIPCAN S.A.
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se confirma la Resolución 0147-2009/CEB-INDECOPI del 6 de
agosto de 2009, en el extremo que declaró fundada la denuncia presentada
por Constructora Lipcan S.A. contra la Municipalidad Distrital de San Isidro y
determinó que la exigencia de presentar un certificado de pago por el aporte
al Servicio de Parques de Lima como requisito para obtener una
Conformidad de Obra con Variación y Declaratoria de Fábrica, contenida en
el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
Distrital de San Isidro y la Ordenanza 1188-MML constituye una barrera
burocrática ilegal. El motivo es que la Ley 29090, que regula los
procedimientos administrativos para la obtención de licencias de
habilitación urbana y de edificación, no impone el referido requisito,
señalando que las exigencias adicionales a las comprendidas en dicha
norma constituyen barreras de acceso al mercado.
Asimismo, se declara que carece de objeto que la Sala de Defensa de la
Competencia Nº 1 emita un pronunciamiento respecto del pedido de medida
cautelar formulado por Constructora Lipcan S.A., debido a que mediante la
presente resolución esta instancia se ha pronunciado respecto del fondo del
asunto.
Lima, 19 de enero de 2010
I ANTECEDENTES
1. El 22 de abril de 2009, Constructora Lipcan S.A. (en adelante, Lipcan)
denunció a la Municipalidad Distrital de San Isidro (en adelante, la
Municipalidad) por la presunta imposición de una barrera burocrática ilegal y
carente de razonabilidad consistente en la exigencia de presentar un
certificado de pago por el aporte del Servicio de Parques de Lima como
requisito para obtener una Conformidad de Obra con Variación y Declaratoria
de Fábrica, materializada en el Texto Único de Procedimientos

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