Sentencia nº 001609-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Julio de 2010

Fecha de Resolución19 de Julio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente101-2009/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1609-2010/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 101-2009/CP C-INDECOPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.
MATERIA : NULIDAD
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: se declara la nulidad de la resolución que viene en grado debido a
que fue emitida sin considerar los alegatos de defensa planteados
oportunamente por Mibanco, Banco de la Microempresa S.A.
Lima, 19 de julio de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 27 de abril de 2009, la Secretaría Técnica de
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura inició un
procedimiento de oficio contra Mibanco, Banco de la Microempresa S.A.1
(en adelante, el Mibanco) por presunta infracción del artículo 5º literal g) del
Decreto Legislativo 716 –Ley de Protección al Consumidor– por impedir u
obstaculizar el pago anticipado de sus clientes. El periodo de investigación
comprendido en el procedimiento fue de enero a marzo de 20092.
2. En sus descargos, Mibanco señaló que el trámite de las solicitudes de pago
anticipado se realizaban en un plazo promedio de 48 horas, el cual
excepcionalmente podría prorrogarse cuando el caso así lo amerite
señalando como ejemplo de estos supuestos, la disponibilidad de sus
funcionarios o de los sistemas necesarios para tales efectos, precisando
que la fecha que se consideraba para el corte de intereses por la
cancelación anticipada era la fecha en que se efectuaba efectivamente el
pago. Conjuntamente con sus descargos, Mibanco presentó la relación de
solicitudes de cancelación anticipada formuladas de enero a marzo de
2009, incluyendo las liquidaciones efectuadas en cada caso.
3. Mediante Informe 160-2009/GEE del 7 de octubre de 2009, la Gerencia de
Estudios Económicos del Indecopi (GEE) a solicitud de la Secretaría
Técnica de la primera instancia evaluó la documentación presentada por
Mibanco con el objeto de determinar si se aplicaron cargos entre la fecha de
1 RUC 20101036813.
2 Dicho procedim iento fue moti vado por los hallazgos de una visita i nspectiva efectuada a la agencia de Mibanc o
ubicada en la Urbanizació n Miraflores de la ciudad de Piura, en la que la encargada de caja no aceptó el pago
anticipado solicitado por el cons umidor aduciendo que no tenía autorización del adm inistrador.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR