Sentencia nº 001036-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 21 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente059-2005/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 1036-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 059-2005/CPC
072-2005/CPC
132-2005/CPC
137-2005/CPC
287-2005/CPC
(acumulados)
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL
CONSUMIDOR (LA COMISIÓN)
DENUNCIANTES : JESÚS SALVADOR CIPRIANO ARELLANO
ELIZABETH SUSANA LUNA GARCÍA
MARÍA MERCEDES BUSTAMANTE DE
ECHEANDÍA
DINO FAVARO FIGUEROA
ROSARIO AMANDA CÁCERES ALIAGA
EDMUNDO RODRÍGUEZ-FRIAS BENZA
(LOS DENUNCIANTES)
DENUNCIADO : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
PROCESAL
DESISTIMIENTO
ACTIVIDAD
:
INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 21 de setiembre de 2005
I. ANTECEDENTES
Los denunciantes señalaron que habían participado en la promoción
denominada “El juego de letras del BCP”, en virtud de la cual, por cada
compra realizada con las tarjetas de dicha entidad financiera utilizando el
sistema Visanet, se les asignaría distintas letras - las cuales aparecerían en
el “voucher” de consumo - pudiendo llegar a formar con éstas palabras que
darían derecho a reclamar alguno de los premios ofertados por el
denunciado. En tal sentido, los denunciantes señalaron que cuando
formaron la palabra ganadora, el Banco se negó a entregarles los premios
promocionados, argumentando que las letras no correspondían a la palabra
ganadora.
Presentados los descargos correspondientes, mediante Resolución
N° 0755-2005/CPC, la Comisión acumuló los procedimientos iniciados contra
el Banco y declaró infundadas las denuncias interpuestas por las señoras
Luna y Bustamante. Asimismo, declaró fundadas las denuncias presentadas
por los señores Cipriano, Favaro, Cáceres y Rodríguez - Frias por presunta
infracción a lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Protección al
Consumidor y sancionó al Banco con una multa ascendente a 9 UIT.
Asimismo, le ordenó que cumpla con entregarles a los señores Cipriano,
Favaro, Cáceres y Rodríguez - Frias los premios ofrecidos. Finalmente,

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