Sentencia nº 000037-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Enero de 2009

Fecha de Resolución29 de Enero de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente053-2008/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCION 037 –2009/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 053-2008/CCD
M-SDC-02/1D
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : MICRO IMPORT E.I.R.L.
DENUNCIADO : IMPULSO INFORMÁTICO S.A.
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
ACTOS DE CONFUSIÓN
EXPLOTACIÓN DE LA REPUTACIÓN AJENA
MEDIDA COMPLEMENTARIA
ACTIVIDAD : COMERCIALIZACIÓN DE ACCESORIOS PARA
ORDENADOR
SUMILLA: se confirma la Resolución 129-2008/CCD-INDECOPI del 27 de agosto
de 2008 que declaró fundada la denuncia presentada por Micro Import E.I.R.L.
contra Impulso Informático S.A. por la comisión de actos de competencia
desleal en las modalidades de confusión y explotación de la reputación ajena
descritas en los artículos 8 y 14 del Decreto Ley 26122, vigente durante la
realización de los hechos denunciados.
Al respecto, la Sala ha considerado que el producto “Cooler Pad Divoom” y su
empaque comercializado por la denunciada han sido significativamente
similares respecto a elementos y diseños de naturaleza distintiva del producto
“Cooler Pad Evercool” y su empaque comercializado por la denunciante.
Lima, 29 de enero de 2009
I ANTECEDENTES
1. El 25 de marzo de 2008, Micro Import E.I.R.L. (en adelante, Micro Import)
interpuso una denuncia contra Impulso Informático S.A. (en lo sucesivo,
Impulso Informático) por presuntos actos de de competencia desleal en la
modalidad de actos de confusión y explotación de la reputación ajena.
2. Sobre el particular, la denunciante ha sostenido que desde el 2006 vienen
comercializando el producto “Cooler For Notebook NP – 301 de la marca
Evercool” (en adelante, Cooler Pad Evercool) con un diseño particular de
presentación y de la caja del empaque. En este contexto, la denunciada ha
comenzado a comercializar desde marzo del 2008 el mismo producto con la
denominación “Notebook Cooler Pad Aluminio Mod. DIVUCO063Z, marca
DIVOOM” (en lo sucesivo, Cooler Pad Divoom), consignando el mismo diseño
de presentación del producto y similar caja del empaque.
3. Mediante Resolución 1 del 23 de abril de 2008, la Comisión de Fiscalización de
la Competencia Desleal (en adelante, la Comisión) admitió a trámite la
denuncia formulada contra Impulso Informático por la presunta comisión de
actos de competencia desleal en las modalidades de confusión y explotación
de la reputación ajena, conductas ejemplificadas en los artículos 8 y 14 de la

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