Sentencia nº 000929-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 18 de Julio de 2001

Fecha de Resolución18 de Julio de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente9982237-1999/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N°929-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 9982237
1-15
SOLICITANTE : INTELICORP CONSULTORES Y ASOCIADOS S.A.C.
OPONENTE : INTEL CORPORATION
Riesgo de confusión entre signos que distinguen servicios de la clase 42 de la
Nomenclatura Oficial: Inexistencia
Lima, dieciocho de julio de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 10 de abril de 1999, Intelicorp Consultores y Asociados S.A.C. (Perú)
solicitó el registro de la marca de servicio constituida por el logotipo cuadrangular de
fondo color negro conformado por las letras C e I estilizadas, en los colores gris y
rojo, respectivamente, la figura de una elipse color blanca y debajo la denominación
INTELICORP S.A.C. CONSULTORES & ASOCIADOS escrita en letras
características, conforme al modelo adjunto, para distinguir servicios de informática
(asesoría en materia de ordenadores), desarrollo y mantenimiento de software,
además de todo servicio relativo a las operaciones de un área informática,
incluyendo lo relacionado con hardware y recursos humanos, esto último podrá
incluir las modalidades de outsourcing (tercerización) y manpower (suministro de
recursos humanos especializados) y representaciones de productos y servicios de
otras empresas nacionales y extranjeras de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 15 de noviembre de 1999, Intel Corporation (Estados Unidos de América)
formuló oposición manifestando ser titular de las marcas INTEL, INTEL
ANSWEREXPRESS, INTEL IMAGING e INTEL WEBOUTFITTER que distinguen
servicios de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial. Señaló que el signo solicitado es
similar y por tanto confundible con las marcas registradas, puesto que la marca
INTEL está íntegramente incluida en el signo solicitado, por lo que el registro del
signo solicitado puede inducir a confusión al público consumidor, mas aún si se tiene
en cuenta que distinguen servicios de la misma clase. Precisó que las siglas SAC
(Sociedad Anónima Cerrada) y la denominación CONSULTORES & ASOCIADOS

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