Sentencia nº 000578-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 6 de Octubre de 2004

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente001028-2004/TDC/Queja
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0578–2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 001028-2004/TDC/Queja
M-SDC-02/1B
QUEJADA : COMISIÓN DE REPRESIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISIÓN)
QUEJOSA : ENVASADORA ALFA GAS S.A. (ALFA GAS)
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
PROCESAL
QUEJA
ACTIVIDAD : COMERCIALIZACIÓN DE GAS LICUADO DE
PETRÓLEO
Lima, 6 de octubre de 2004
I. ANTECEDENTES
El 30 de enero de 2004, la Asociación Gas LP Perú – en lo sucesivo, Gas LP –
denunció a Alfa Gas, por la presunta comisión de actos de competencia desleal
en las modalidades de confusión, explotación de la reputación ajena y violación
de normas, contempladas en los artículos 8, 14 y 17, respectivamente, de la Ley
sobre Represión de la Competencia Desleal.
En su denuncia, Gas LP manifestó lo siguiente:
(i) Gas LP es una asociación de empresas envasadoras de gas, integrada por
Lima Gas S.A., Repsol YPF Comercial del Perú S.A., Zeta Gas Andino
S.A., Llama Gas S.A., Peruana de Combustibles S.A., Costa Gas S.A.,
Piura Gas S.A.C., Nor Gas S.R.L. y Chiclayo Gas S.A.C.;
(iii)(ii) la comercialización y envasado del gas licuado de petróleo se
realiza a través de cilindros rotulados en kilogramos y de cilindros rotulados
en libras;
(iv)(iii) las normas del sector hidrocarburos establecen que las empresas
envasadoras de gas no podrán envasar gas licuado de petróleo en cilindros
rotulados en kilogramos que no sean de su propiedad o en cilindros
rotulados en libras que tengan la marca o signo distintivo y/o color de otra
empresa envasadora, a menos que exista un acuerdo contractual de
co-responsabilidad entre las envasadoras que haya sido previamente
puesto en conocimiento de la Dirección General de Hidrocarburos del
Ministerio de Energía y Minas; y,
(v)(iv) Alfa Gas es una empresa dedicada al envasado y comercialización
de gas licuado de petróleo que estaría envasando su combustible en
cilindros que son propiedad de otras empresas envasadoras, pintándolos
con su color característico y/o signo distintivo para su comercialización en
el mercado, sin que exista acuerdo de co-responsabilidad entre ellas.

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