Sentencia nº 002449-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente014-2009/CPC-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2449-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 014-2009/CPC-I NDECOPI-CUS
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : LATINO SERVIS S.R.L.
MATERIA : DEBER DE INFORMACIÓN
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE COMBUSTIBLES
VENTA AL POR MENOR DE COMBUSTIBLES
SUMILLA: Se revoca la resolución que viene en grado, en el extremo que
halló responsable a la denunciada y la sancionó con una multa de 2 UIT,
debido a que no ha quedado acreditado de manera fehaciente que la
denunciada haya infringido dichas normas en la prestación de sus servicios.
Lima, 28 de octubre de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 022-2009/CPC-INDECOPI-CUS del 13 de enero de
2009, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante
la Comisión) inició un procedimiento de oficio contra Latino Servis S.R.L.1 (en
adelante, Latino Servis) por infracción de los artículos literal d) y 8º del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor, debido a que en
la inspección realizada el 7 de enero de 2009, se verificó que el precio del
Diesel 2 que consignaba en los paneles del grifo “Servicentro Latino”2 no
coincidía con los indicados en los surtidores de combustible.
2. En sus descargos, Latino Servis señaló que en toda transacción el
consumidor tenía acceso al precio real de los combustibles que expendía.
Asimismo, señaló que la diferencia entre el precio consignado en el panel y el
surtidor que se le atribuía era producto de una equivocación al momento de
redactar el acta del 7 de enero de 2009.
3. Por Resolución 086-2009/INDECOPI-CUS del 31 de marzo de 2009, la
Comisión resolvió lo siguiente:
(i) Halló responsable a Latino Servis por infracción de los artículos 5º literal
d) y de la Ley de Protección al Consumidor, debido a que el precios
del Diesel 2 que consignaba en sus paneles, no coincidía con los
consignados en los surtidores de combustible; y,
(ii) sancionó a Latino Servis con una multa de 2 UIT.
1 RUC 20400207489. Domicilio Fiscal: Av. Huayruropata 1935, Wanchaq, Cusc o.
2 Ubicado en Av. de la Cultura 722, Wanchaq, Cusco.

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