Sentencia nº 001325-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente432-2009/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1325-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 432-2009/ CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : TC SIGLO 21 S.A.A.
IMPUGNANTE : BEST DEVELOPMENT INC
MATERIA : NULIDAD DE OFICIO DE ACUERDO DE JUNTA DE
ACREEDORES
ABUSO DE DERECHO
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 5158-2011/CCO-INDECOPI del 4 de julio
de 2011, que declaró de oficio la nulidad de los acuerdos de junta de
acreedores de TC Siglo 21 S.A.A. del 23 de mayo de 2011; y,
REFORMANDOLA, se declara la validez de dichos acuerdos. La razón es que
no se ha acreditado un ejercicio abusivo de derecho puesto que la adopción
de los acuerdos para facultar e implementar la transferencia de derechos de
transmisión de titularidad de la deudora no vulnera los fines económicos y
sociales para los cuales el ordenamiento ha reconocido el derecho ejercido
por la mayoría de acreedores.
Lima, 6 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 11817-2009/CCO-INDECOPI del 16 de noviembre de 2009, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión)
dispuso, en cumplimiento de la Resolución 32 del 18 de mayo de 2009 emitida
por el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima y en aplicación de lo señalado
en 692-A del Código Procesal Civil y artículo 30 de la Ley General del Sistema
Concursal, la publicación de la disolución y liquidación de Tele Cable Siglo 21
S.A.A. (en adelante, TC Siglo 21). El 28 de diciembre de 2009, se publicó en
el diario oficial El Peruano la situación de concurso de la deudora.
2. El 16 de septiembre de 2010, la junta de acreedores de TC Siglo 21 adoptó las
siguientes decisiones: (i) designar a Best Development Inc. (en lo sucesivo,
Best Development) como presidente de la junta de acreedores; (ii) aprobar el
cambio de destino del deudor, de disolución y liquidación a reestructuración
patrimonial; (iii) designar a Profit Consultoría e Inversiones S.A.C. como
entidad administradora de TC Siglo 21; y, (iv) designar a Cavali S.A. I.C.L.V.
para la suscripción del acta.
3. Por Resolución 7694-2010/CCO-INDECOPI del 28 de octubre de 2010, la
Comisión precisó que la denominación social de la empresa concursada había
sido modificada a TC Siglo 21 S.A.A.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR