Sentencia nº 000519-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 8 de Agosto de 2001

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente133-1999/01-12/CRP-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0519-2010/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 133-1999-01-12/CRP-ODI-CCPL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN EL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE
LIMA (LA COMISION)
DEUDOR : MICRO AGE S.A. (MICRO AGE)
ACREEDOR : ROSA HAYDEE SIERRA NAVEDA (SEÑORITA
SIERRA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
NULIDAD
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MENOR DE OTROS PRODUCTOS EN
ALMECENES ESPECILIZADOS
SUMILLA: en el procedimiento sobre reconocimiento de créditos seguido
por la señorita Rosa Haydee Sierra Naveda frente a Micro Age S.A, la Sala
ha resuelto declarar la nulidad de la Resolución Nº 1244-2001/CRP-ODI-
CCPL emitida el 4 de abril de 2001 por la Comisión de Reestructuración
Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en el Colegio de
Contadores Públicos de Lima, toda vez que mediante la citada resolución
se reconocieron créditos que previamente habían sido reconocidos
mediante Resolución Nº 0172-2000/CRP-ODI-CCPL
Lima, 8 de agosto de 2001
I ANTECEDENTES
Mediante Resolución Nº 0172-2000/CRP-ODI-CCPL del 27 de enero de 2000, la
Comisión reconoció créditos de origen laboral a favor de la señorita Sierra frente
a Micro Age ascendentes a S/. 598,78 por concepto de capital, correspondiendo
a dichos créditos el primer orden de preferencia. Dicho reconocimiento se
efectuó en virtud de la solicitud de reconocimientos de créditos presentada por el
representante de créditos laborales, señor Jorge Ernesto Travezaño Gálvez, el
19 de octubre de 1999.
Posteriormente, el 26 de marzo de 2001 la señorita Sierra invocó tardíamente el
reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Micro Age ascendentes a
S/. 598,78 por concepto de capital.
Por Resolución Nº 1244-2001/CRP-ODI-CCPL del 4 de abril del 2001 se
reconocieron créditos de origen laboral a favor de la señorita Sierra frente a
Micro Age ascendentes a S/. 598,78 por concepto de capital, asignándoles el
primer orden de preferencia.
Mediante Resolución Nº 1521-2001/CRP-ODI-CCPL del 9 de mayo de 2001, la

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