Sentencia nº 000242-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 5 de Abril de 2002

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente450-2001/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0242-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 450-2001/CPC
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR (LA
COMISION)
DENUNCIANTE : PEDRO TRUJILLO MILLA (EL SEÑOR TRUJILLO)
DENUNCIADO : BANCO DEL NUEVO MUNDO EN LIQUIDACION (EL
BANCO)
RIMAC INTERNACIONAL COMPAÑÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS (RIMAC)
MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR
OBLIGACION DE INFORMAR
GRADUACION DE LA SANCION
ACTIVIDAD : INTERMEDIACION FINANCIERA
PLANES DE SEGUROS GENERALES
SUMILLA: en el procedimiento por infracción a las normas de protección al
consumidor iniciado por el señor Pedro Trujillo Milla contra el Banco del
Nuevo Mundo en Liquidación y Rímac Internacional Compañía de Seguros y
Reaseguros, la Sala ha resuelto confirmar la Resolución Nº 680-2001-CPC,
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor el 20 de setiembre de
2001, en los extremos apelados en que declaró fundada la denuncia contra el
Banco del Nuevo Mundo en Liquidación por infracción a los artículos 5°,
inciso b), y 15° de la Ley de Protección al Consumidor y le impuso una
sanción de multa equivalente a 0,5 UIT.
El Banco del Nuevo Mundo en Liquidación no cumplió con brindar
información relevante al señor Trujillo respecto de los requisitos para hacer
efectivo el seguro de desempleo ofrecido con el crédito contratado con el
denunciante ni de las causales de exclusión de dicha cobertura, toda vez
que no cumplió con hacerle entrega del contrato de seguros respectivo.
SANCION: 0,5 Unidades Impositivas Tributarias
Lima, 5 de abril de 2002
I ANTECEDENTES
El 12 de junio de 2001, el señor Trujillo denunció al Banco
1
y a Rímac por
presuntas infracciones a la Ley de Protección al Consumidor, cometidas con
ocasión de la prestación de servicios de seguros. Admitida a trámite la denuncia y
presentados los descargos correspondientes, se citó a las partes a una audiencia
de conciliación, la que no se pudo llevar a cabo por la inasistencia de los
1
La denuncia fue presentada contra el Banco del P aís, sin embargo, atendiendo a que dicha empresa financiera fue
absorbida en la fusión efectuada con el Banco del Nuevo Mundo, asumiendo éste a título universal sus activos, pasivos y
patrimonio, conforme a lo informado por la Superintendencia de Banca y Seguros a la Comisión, ésta admitió la
denuncia contra el Banco del Nuevo Mundo.

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