Sentencia nº 001814-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Junio de 2010

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente042-2009/CEB-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1814-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 000042-2009/CEB-I NDECOPI
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : TERMINAL TERRESTRE ICA S.A.
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
REVOCACIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 0148-2009/CEB-INDECOPI del 6 de
agosto de 2009, que declaró barrera burocrática ilegal las disposiciones
contenidas en los artículos primero, tercero y cuarto de la Ordenanza
Municipal 01-2009-MPCH, por considerar que implicaban un
desconocimiento de la licencia de funcionamiento otorgada a Terminal
Terrestre Ica S.A. En consecuencia, se declara infundada la denuncia
interpuesta.
La Sala considera que las disposiciones cuestionadas actualmente no
impiden el ejercicio de las facultades conferidas a la denunciante a través de
su licencia de funcionamiento, en tanto la propia ordenanza ha otorgado un
plazo de un año y medio para que Terminal Terrestre Ica S.A. siga operando
en su local ubicado en la ciudad de Chincha Alta.
No obstante, esta Sala deja sentado que la Municipalidad Provincial de
Chincha no poddesconocer la licencia de funcionamiento otorgada a la
denunciante con el solo transcurso del plazo de un año y medio, sino que
deberá seguir un procedimiento de revocación de acuerdo con lo establecido
General y el precedente de observancia obligatoria aprobado mediante
Resolución 1535-2010/SC1-INDECOPI.
Lima, 9 de junio de 2010
I ANTECEDENTES
1. El 5 de mayo de 2009, Terminal Terrestre Ica S.A. (en adelante, Ica S.A.)
denunció ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en
adelante, la Comisión) a la Municipalidad Provincial de Chincha (en adelante,
la Municipalidad) por la presunta imposición de barreras burocráticas ilegales
y carentes de razonabilidad contenidas en los artículos primero, tercero y
cuarto de la Ordenanza Municipal 01-2009-MPCH1, consistentes en:
1 Si bien en la denuncia y en la resolución apelada se hace referencia a la Ordenanza 001-2008-MPCH d el 2 de

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